Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
16-09-2020

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200916-21

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD

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RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se dispone la publicación de la licitación del Acuerdo Marco que fija las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos de servicios de “Acogimiento residencial en hogares de menores de cero a dieciocho años atendidos, con cargo a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad”.

1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información:

a) Organismo: Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad.

b) Dependencia que tramita el expediente: División de Contratación de la Secretaría General Técnica.

c) Obtención de documentación e información:

1. Dependencia: División de Contratación.

2. Domicilio: Calle O’Donnell, número 50.

3. Localidad y código postal: 28009 Madrid.

4. Correo electrónico: contratacion@madrid.org

5. Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos).

6. Fecha límite de obtención de documentación e información: los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria con una antelación de doce días a la fecha límite fijada en el apartado 8.a) para la presentación de ofertas. Esta información se facilitará seis días antes de la fecha límite de presentación de ofertas.

d) Número de expediente: AM-002/2020 (A/SER-011491/2020).

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: Acuerdo Marco.

b) Descripción: El Acuerdo Marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de la gestión del Servicio de Atención Residencial de Menores, en la modalidad de Hogar, de edades comprendidas entre cero y dieciocho años (hasta el día del cumplimiento de los dieciocho años), atendidos con cargo a la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad (en adelante, DGIFN), durante un período máximo de cuatro años.

Se entiende por Acogimiento Residencial la modalidad de atención a menores con medida de protección, de guarda o tutela, adoptada por la Comisión de Tutela del Menor o por decisión judicial, de modo temporal, en tanto se promueve su integración social y/o familiar.

Constituye una alternativa cuando han fracasado o resultan inviables, los apoyos o actuaciones para mantener al menor en su medio familiar de origen, en los términos establecidos por el artículo 172 del Código Civil.

Se trata, por tanto, de acoger a menores en recursos residenciales, en tanto se promueve su integración social y/o familiar. En algunos casos, el menor retornará a su núcleo familiar, en otros se promoverán otras alternativas familiares, como el acogimiento familiar o la adopción y, en otros, la finalidad de la intervención irá encaminada hacia la independencia del menor al llegar a la edad adulta.

Las plazas adjudicadas en el presente Acuerdo Marco, una vez contratadas en virtud de los contratos que de él se deriven, quedarán integradas dentro de la Red de Centros de Protección de Menores, dependiente de la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad.

c) División por lotes: No.

d) Lugar de ejecución: ES300 (provincia de Madrid).

e) Plazo de ejecución: Dos años (veinticuatro meses), conforme al apartado 18 de la cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

f) Admisión de prórroga: Sí. Plazo, incluida la prórroga: Cuarenta y ocho meses.

g) Establecimiento de un acuerdo marco: Sí.

h) Sistema dinámico de adquisición: No.

i) CPV:

— 85311000-2: “Servicios de asistencia social con alojamiento”.

— 85311300-5: “Servicios de bienestar social proporcionados a niños y jóvenes”.

j) Compra pública innovadora: No.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Subasta electrónica: No.

d) Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios:

— Oferta económica: 49 puntos.

— Criterios de calidad evaluables de forma automática: 51 puntos, conforme al apartado 9 de la Cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

4. Valor estimado del Acuerdo Marco: 53.337.133,50 euros.

5. Presupuesto base de licitación:

— Plaza ocupada/día: 94,83 euros.

— IVA (10 por 100): 9,48 euros.

— Importe total: 104,31 euros.

6. Garantías exigidas:

— Provisional: No procede.

— Definitiva para el Acuerdo Marco: No procede.

— Definitiva para los contratos derivados: Sí procede. El importe de la garantía definitiva que tiene que constituir cada adjudicatario será el 5 por 100 del importe, sin IVA, del contrato derivado adjudicado en cada centro.

7. Requisitos específicos del contratista:

a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional: Se acreditará de acuerdo con el apartado 6 de la cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

b) Otros requisitos específicos: Habilitación empresarial, de acuerdo con el apartado 7 de la cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: Hasta el día 9 de octubre de 2020.

b) Modalidad de presentación: Licitación electrónica, accediendo al sistema Licit@ en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid:

• (http://www.madrid.org/contratospublicos), donde están disponibles los medios necesarios.

c) Admisión de variantes: No.

d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses, a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones. Ello, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 158.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).

9. Apertura de ofertas:

a) Descripción: Apertura de los sobres que contienen la oferta económica y la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática.

b) Fecha y hora: A las 10:00 horas del día 21 de octubre de 2020; este acto no tendrá carácter público, conforme al artículo 157.4 de la LCSP.

10. Gastos de publicidad: Los gastos de los anuncios serán de cuenta de los adjudicatarios.

11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: 4 de septiembre de 2020.

12. La documentación a presentar se distribuirá en dos sobres:

— Sobre número 1: “Documentación administrativa”,.

— Sobre número 2: “Proposición económica y documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas”.

13. Este contrato está sujeto a las condiciones contractuales esenciales en relación con la ejecución del contrato definidas en el apartado 19 de la cláusula 1 y en la cláusula 33 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

14. Lengua en la que deberá redactarse las ofertas: Castellano.

15. El acuerdo marco no está relacionado con un proyecto o programa financiado con fondos de la Unión Europea.

16. Acuerdo marco susceptible de recurso especial en materia de contratación regulado en el capítulo V de la LCSP:

— Órgano competente para la resolución del recurso especial:

• Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/es/tacp).

— Plazos de interposición: de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la LCSP.

17. Publicaciones anteriores en el “Diario Oficial de la Unión Europea” relevantes para el contrato: No procede.

18. Calendario estimado para la publicación de ulteriores anuncios: No procede.

19. Indicación de si el ACP es aplicable al contrato: No procede.

20. Las entidades adjudicatarias estarán sometidas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 217 de la LCSP.

Hágase público para general conocimiento.

Madrid, a 3 de septiembre de 2020.—El Secretario General Técnico, Salvador Sanz Iglesia.

(01/21.864/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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