Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
14-09-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200914-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA

RÉGIMEN ECONÓMICO

49
Valdilecha. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de actividades deportivas municipales, utilización de piscinas y espacios deportivos municipales, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 1 de julio de 2020, y finalizado el plazo de presentación de alegaciones sin que conste la presentación de ninguna, ha quedado aprobada definitivamente.

De conformidad con lo que establece el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la modificación citada, no cabrá otro recurso que el contencioso-administrativo, que se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Texto modificado:

“DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Durante el período estival del año 2020 y en años sucesivos, si persistiera la situación sanitaria excepcional generada por el COVID-19 y fuere preciso suspender el uso recreativo de la piscina municipal, permitiendo únicamente el uso acuático deportivo de la instalación, se aplicarán las tarifas establecidas en esta disposición:

A) Actividades con monitor, de lunes a viernes, por quincena: 20 euros.

B) Actividades con monitor, tres días a la semana, por quincena: 18 euros.

C) Actividades con monitor, dos días a la semana, por quincena: 15 euros.

D) Actividades sin monitor (nado libre), de lunes a viernes, por semana: 10 euros”.

La presente modificación del artículo 6 de esta ordenanza fiscal será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

En Valdilecha, a 1 de septiembre de 2020.—El alcalde-presidente, José Javier López González.

(03/21.338/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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