Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
14-09-2020

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200914-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Navacerrada. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.1 y 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición al público, quedan automáticamente elevados a definitivos los acuerdos plenarios del Ayuntamiento de Navacerrada, de 29 de julio de 2020, de modificación de créditos número 12/2020, del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario bajas de otras, que a continuación se hacen públicos resumidos por capítulos:

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Navacerrada, a 2 de septiembre de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Ana Paula Espinosa Izquierdo.

(03/21.221/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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