Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
14-09-2020

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200914-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

15
ORDEN 2015/2020, de 2 de septiembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 956/2017, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017-2018.

La Comunidad de Madrid presenta un importante déficit de agentes de Policía Nacional y Guardia Civil que compromete la seguridad tanto de los madrileños como de los visitantes que llegan a la región a lo largo del año.

Con el propósito de incrementar y mejorar si cabe la seguridad en la Comunidad de Madrid, el Gobierno de la región ha decidido poner en marcha una serie de medidas destinadas a policías y guardias civiles en materia de vivienda, transporte, dependencia o educación. Estas medidas tienen como objetivo incentivar que agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil y sus familias escojan a la Comunidad de Madrid como destino profesional.

A este fin, mediante Acuerdo de 24 de septiembre de 2019, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 233, de 1 de octubre de 2019), se creó la Comisión de estudio para determinar las medidas de apoyo a favor de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado destinados en la Comunidad de Madrid, con la finalidad de estudiar la implementación de medidas que favorezcan el arraigo de los miembros de dichos Cuerpos que tengan su destino en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Entre las conclusiones y medidas aprobadas en su informe por la Comisión, que ha sido elevado al Consejo de Gobierno con fecha 29 de julio de 2020, están las referidas al ámbito educativo, que se concretan en la bonificación en el precio del menú escolar para Escuelas Infantiles de la red pública y centros públicos no universitarios.

En el caso de las Escuelas Infantiles, esta medida se ampara en el apartado dos de la disposición adicional cuarta del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid, que indica que cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público, que así lo aconsejen se podrán establecer precios privados inferiores a los costes.

El interés social y público de esta medida se justifica por la conveniencia de mejorar la seguridad de la región mediante el incremento de los agentes de la Policía Nacional y Guardia Civil, cuya llegada y asentamiento estable para ocupar destinos profesionales en la misma puede verse favorecido en la medida que dispongan de incentivos, tales como el que ahora se plantea, que compensen el superior coste que implica residir en la Comunidad de Madrid en comparación con otras comunidades autónomas.

Además, en el caso de los alumnos del primer ciclo de Educación Infantil pertenecientes a dichas familias, la permanencia de sus progenitores en la región facilita desde corta edad su escolarización estable en el mismo centro, favorece su integración social y educativa, reduce la rotación entre centros educativos que suele constituir una de las características de la trayectoria educativa de estos alumnos y, con ello, se reduce el riesgo de fracaso escolar en el futuro.

Para ello es necesario modificar puntualmente la Orden 956/2017, de 30 de marzo, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017-2018 e introducir un nuevo supuesto para la aplicación del precio reducido del menú escolar a aplicar a partir del curso 2020-2021.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud,

DISPONGO

Primero

Modificación de la Orden 956/2017, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017-2018

La Orden 956/2017, de 30 de marzo, se modifica en los siguientes términos:

Uno.—Se incorpora un nuevo apartado, el 2.6, al artículo 2, Precios reducidos, con la siguiente redacción:

“2.6. Se fija en 68 euros el precio mensual del menú escolar o comedor escolar a aplicar en centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a las familias que acrediten que alguno de los progenitores es miembro de alguno de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado”.

Segundo

Producción de efectos

La Orden producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2020.

El Consejero de Educación y Juventud, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/21.546/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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