Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
10-09-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200910-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

Gerencia Municipal de Urbanismo

26
Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Proyecto de reparcelación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 108.1 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, se pone en general conocimiento que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 1 de julio de 2020, ha adoptado el acuerdo por el que se aprueba inicialmente el Proyecto de Reparcelación del Área de Planeamiento Remitido APR 3.4-11 “Manzana Cocheras Llorente”, cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Primero.—Aprobar inicialmente el Proyecto de Reparcelación del Área de Planeamiento Remitido APR 3.4-11 “Manzana Cocheras Llorente”, promovido por la Junta de Compensación del citado ámbito y concretado en el documento presentado el 3 de febrero de 2020 con NRE 2020/4221, así como el certificado posteriormente incluido en el mismo presentado el 3 de junio de 2020 con NRE 13662, con los condicionantes que se derivan del informe de la arquitecta municipal jefa de Planeamiento Urbanístico de fecha 9 de junio de 2020, que son los siguientes:

1. Con anterioridad a la emisión de la certificación municipal de la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación, la Junta de Compensación deberá hacer efectiva ante el Ayuntamiento la monetización de 234,11 m2 edificables de cesión municipal, que, conforme al informe emitido por la arquitecto técnico municipal de fecha 17 de septiembre de 2019, asciende a la cantidad de 389.378,77 euros.

2. Conforme al informe emitido por el ingeniero técnico en topografía municipal de fecha 24 de enero de 2020, y en relación con la georreferenciación recogida en el informe de validación gráfica del catastro con CSV 934DK1873PF4VTVP, se deberá tramitar la reestructuración del suelo basada en el presente proyecto de reparcelación, que tendrá que ser coordinada y validada por Registro de la Propiedad, como organismo competente para dicha validación.

3. Durante el trámite de información pública se debe notificar individualmente, además de a los propietarios del ámbito, a los colindantes afectados por la georreferenciación que figuran en el capítulo II del documento.

Segundo.—Someter el expediente al preceptivo trámite de información pública por el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de publicación del presente acuerdo, mediante la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de la provincia con difusión corriente en la localidad».

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, comunicando que queda a disposición del público dicho expediente, que podrá ser consultado con cita previa a través del correo electrónico planeamiento@pozuelodealarcon.org en Planificación Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento, de lunes a viernes y desde las 9.00 a las 14.00 horas, por el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio.

Pozuelo de Alarcón, a 26 de agosto de 2020.—El gerente municipal de Urbanismo, Raúl Herranz Muñoz.

(02/20.833/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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