Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
09-09-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200909-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAREJO DE SALVANÉS

OFERTAS DE EMPLEO

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Villarejo de Salvanés. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 2020-1250, de fecha 25 de agosto de 2020, las bases y la convocatoria para disponer de bolsas de peones de jardinería, peones de limpieza de edificios e instalaciones municipales, peones de mantenimiento y educador infantil para este Ayuntamiento, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán únicamente en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://villarejodesalvanes.sedelectronica.es

En la sede electrónica de este Ayuntamiento https://villarejodesalvanes.sedelectronica.es, con fecha 26 de agosto de 2020, aparecen íntegramente publicadas las bases que han de regir la convocatoria y el proceso de selección para poder crear bolsas de empleo de peones de jardinería, peones de limpieza de edificios e instalaciones municipales, peones de mantenimiento y educador infantil.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas; o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Villarejo de Salvanés, a 26 de agosto de 2020.—El alcalde, Jesús Díaz Raboso.

(03/20.930/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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