Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
09-09-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200909-44

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 1 de septiembre de 2020, por el que se aprueba la convocatoria para ayudas a las familias en el comienzo del curso escolar 2020-2021 (BDNS N.o 513296).

Conforme a lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Serán destinatarios de estas ayudas las familias de los alumnos matriculados en segundo ciclo de Educación Infantil en centros docentes de titularidad pública de Móstoles, durante el curso 2020-2021.

Segundo. Objeto.—El establecimiento de las bases que regularán la concesión, por el Ayuntamiento de Móstoles, de ayudas a las familias en el comienzo del curso escolar 2020-2021.

Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria para ayudas a las familias en el comienzo del curso escolar 2020/2021.

Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para ayudas a las familias en el comienzo del curso escolar 2020/2021, fueron aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 16 de junio de 2020 (Acuerdo Nº 12/232), publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de julio de 2020 (número 163) y publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Móstoles http://www.mostoles.es/sede_electronica/es.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 140.000,00 euros, con cargo a la partida 45.2311.48100.

La cuantía de la ayuda se establece en 70 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 14 de septiembre al 2 de octubre de 2020 (ambos inclusive).

Sexto. Otros datos

a) Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva.

b) Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo de solicitud de subvención que podrá obtenerse en la página www.mostoles.es, Juntas Municipales de Distrito y Área de Educación.

c) En el momento de presentar la solicitud se exhibirán los documentos originales correspondientes a las fotocopias presentadas. Estos originales se devolverán a los interesados.

Libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. En caso de familias extranjeras o que no dispongan de este documento, deberán aporta la documentación acreditaba de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento a través de las partidas de nacimiento u otro documento asimilado.

En situación de medida legal de tutela o guarda en acogimiento familiar deberán adjuntar, según proceda: fotocopia de la resolución judicial del acogimiento o del certificado de la Comisión de Tutela que acredite que se encuentran en situación de acogimiento familiar.

En casos de separación o divorcio (con o sin matrimonio previo) o no convivencia, se acreditará mediante sentencia judicial y convenio regulador de medidas paterno filiales ratificado por el Juzgado, o testimonio de sentencia solicitado al juzgado.

En caso de no existir sentencia de separación, divorcio o no convivencia, se estudiará la situación atendiendo al estudio de la siguiente documentación: libro de familia y volante de empadronamiento junto con la documentación económica recogida la presente cláusula o mediante informe de Servicios Sociales Municipales, si se tuviese expediente abierto en dicho Servicio.

En caso de ser usuario de los Servicios Sociales Municipales, deberán notificarlo en la solicitud con el fin de poder recabar su información económica o familiar desde la propia Concejalía de Educación y Juventud.

Documentación económica:

La solicitud de participación en la presente convocatoria implica la autorización expresa para que, en su nombre, el Ayuntamiento de Móstoles pueda acceder a la información tributaria de todos los miembros computables de la unidad familiar, a través de la Agencia Tributaria (AEAT).

En caso de que la Agencia Tributaria no disponga de la información económica de 2019 o que la suma total de los ingresos de la unidad familiar sea 0.00, se deberá aportar la siguiente documentación:

Certificado de imputaciones de 2019 (expedido por la AEAT) en el que aparezca el importe íntegro de los ingresos o bien informe de Vida laboral actualizado con antigüedad de al menos, enero de 2019, o certificado de servicios prestados junto a las nóminas de 2019, u otros documentos que reflejen los ingresos percibidos por prestaciones subsidios pensiones o ayudas.

Si procede:

Certificado acreditativo de diversidad funcional igual o superior al 33 % de algún miembro de la unidad familiar (alumno, padres o hermanos).

La presentación de la solicitud implica: la autorización del solicitante al Ayuntamiento de Móstoles a obtener los datos necesarios para determinar el cumplimiento de los requisitos recogidos en la cláusula cuarta de las presentes bases y que estén en poder de alguna Administración Pública, la publicación de los listados necesarios para la información a los interesados de las distintas fases de la convocatoria; así mismo supondrá la declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones, así como que el destino de la ayuda económica a percibir será la adquisición de libros de texto o material didáctico/curricular.

Móstoles, a 3 de septiembre de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Noelia Posse Gómez.

(03/21.758/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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