Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
09-09-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200909-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia Tributaria Madrid

26
Madrid. Régimen económico. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Matrícula tributos

La directora de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 7 de septiembre de 2020, ha aprobado las matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2020, así como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid:

— Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

— Impuesto sobre Actividades Económicas.

— Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades.

— Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Suelo, Vuelo o Subsuelo del Dominio Público Local.

Se pone en conocimiento de las personas o entidades obligadas al pago que las mismas estarán expuestas al público, pudiendo ser consultadas en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En la dirección web www.madrid.es/oaic, figura la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (apertura, horarios, cita previa y medidas preventivas).

Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa, ante la directora de la Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago.

Madrid, a 7 de septiembre de 2020.—La Directora de la Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.

(01/21.690/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200909-26