Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 214

Fecha del Boletín 
03-09-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200903-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Pinto. Organización y funcionamiento. Periodicidad sesiones de la junta

Se hace público, para general conocimiento, que con fecha 20 de agosto de 2020 la Alcaldía-Presidencia ha dictado la resolución número 5545/2020, cuyo tenor literal es el siguiente:

Modificación del régimen de periodicidad de las sesiones de la Junta de Gobierno Local

El artículo 109.2 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Pinto establece que corresponde a la Alcaldía la fijación de la periodicidad y la hora de celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local mediante decreto.

Con la presente modificación se pretende mejorar la redacción del vigente decreto de 21 de junio de 2019, simplificando la adecuación de la periodicidad de las sesiones a la existencia real de expedientes y propuestas de acuerdos a deliberar y votar.

Por las razones expuestas, y en ejercicio de mis atribuciones, doña María Dolores Rodríguez Morcillo, alcaldesa-presidenta accidental del Ayuntamiento de Pinto, en virtud del decreto 5439/2020, de 10 de agosto, resuelvo:

Primero.—Modificar el pronunciamiento tercero del decreto de 21 de junio de 2019, relativo a la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, que queda redactado del modo siguiente:

“Tercero.—Establecer la periodicidad semanal de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, que se celebrarán los miércoles a las 10:00 horas.

Las sesiones ordinarias que, según la periodicidad preestablecida, hayan de celebrarse en día inhábil o en Semana Santa se trasladarán al primer día hábil anterior en el primer caso y al martes de la semana siguiente en el segundo.

Durante el mes de agosto, en la primera quincena de septiembre y en la segunda quincena de diciembre no se celebrarán sesiones ordinarias, sin perjuicio de las extraordinarias o extraordinarias y urgentes que puedan convocarse”.

Segundo.—Publicar este decreto en la intranet municipal, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pinto, a 20 de agosto de 2020.—La alcaldesa accidental, María Dolores Rodríguez Morcillo.

(03/20.619/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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