Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211

Fecha del Boletín 
31-08-2020

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200831-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Navacerrada. Régimen económico. Ordenanza fiscal ocupación de terrenos

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de junio de 2020, adoptó el siguiente acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local del Ayuntamiento de Navacerrada, cuyo texto se hace público en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público:

“Disposición transitoria primera.—Con motivo de la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19, aprobado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y para hacer frente al grave impacto económico y social que supone, queda suspendida hasta el 13 de marzo de 2021 y, por tanto, se deja sin efectos desde la entrada en vigor de la presente disposición la aplicación de las tarifas reguladas en los epígrafes 1, 2 y 3 del anexo 1 relativos a las ocupaciones con mesas y sillas, barras y quioscos, puestos, barracas y casetas de venta, excepto en lo que refiere al alquiler de la plaza de toros y a los rodajes cinematográficos”.

Navacerrada, a 14 de agosto de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Ana Paula Espinosa Izquierdo.

(03/20.441/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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