Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
19-08-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200819-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52

85
Madrid número 52. Procedimiento 74/2018

EDICTO

Dña. Carmen Lara Rubido, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 52.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 74/2018, instados por el procurador Sr. Álvarez Santos, en nombre y representación de Carglass B. V., sucursal en España, frente Virobus, S. A., en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 4 de junio de 2020 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda planteada por el procurador de los Tribunales don José Manuel Álvarez Santos en nombre y representación de Carglass, B. V., sucursal en España, frente a la mercantil Virobus, S. A., en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada, al pago a la demandante de la cantidad de 2.361,23 euros, más los intereses legales correspondientes, a partir de la fecha de interposición de la demanda, 8 de mayo de 2017, y al pago de las costas procesales causadas en este procedimiento.

Contra la presente resolución no cabe recurso de apelación.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Virobus, S. A., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID)

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 2 de julio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.761/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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