Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
19-08-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200819-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

38
Algete. Organización y funcionamiento. Modificación retribuciones concejales

Que mediante acuerdo Plenario, de 8 de julio de 2020, se aprueba en su punto 1.2, lo siguiente referente a la modificación de retribuciones a concejales con dedicación exclusiva o parcial (Exp. ALC710/2020), lo que se publica a los efectos del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

“Habiéndose acometido reestructuración de Equipo de Gobierno según Decreto de Alcaldía en relación a las áreas de la gestión municipal y los consiguientes cambios relativos a la dedicación exclusiva y parcial de algunos concejales de esta Corporación municipal con responsabilidades competenciales.

Se eleva al superior criterio de esta Corporación municipal, la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.—Reconocer y declarar, con carácter retroactivo, las dedicaciones exclusivas y parciales de los miembros siguientes de esta Corporación municipal:

Dedicación exclusiva y parcial:

a) Alcalde-presidente.

Número de puestos: 1 (dedicación exclusiva).

Retribuciones 42.000,00 euros.

b) Tenientes de alcalde.

Número de puestos: 1 (dedicación parcial 60 por 100).

Retribuciones: 22.800,00 euros.

c) Concejales-delegados.

Número de puestos: 3 (dedicación exclusiva).

Retribuciones: 36.000,00 euros.

d) Concejales-delegados.

Número depuestos: 3 (dedicación parcial 75 por 100).

Retribuciones: 27.000,00 euros.

e) Concejales-delegados.

Número de puestos: 2 (dedicación parcial 50 por 100).

Retribuciones: 18.000,00 euros.

f) Concejal-oposición PP.

Número depuestos: 1 (dedicación exclusiva).

Retribuciones: 36.000,00 euros.

Segundo.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.2 de la Ley de Bases de Régimen Local se fija como dedicación mínima necesaria para la percepción de la retribución correspondiente a la dedicación parcial el 50 por 100 de la jornada laboral.

Tercero.—Dese traslado de este acuerdo a Intervención de Fondos, a Secretaría General y a la Concejalía de Recursos Humanos a los efectos acordados.

Cuarto.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios y Portal de Transparencia”.

En Algete, a 3 de agosto de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Dolores Morenilla Rueda.

(03/20.137/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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