Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
19-08-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200819-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

36
Alcalá de Henares. Urbanismo. Ocupación directa de terrenos

Habiendo sido aprobado por este Ayuntamiento, en sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el 26 de junio de 2020, el inicio del expediente para la ocupación directa de los terrenos destinados en el Plan General de Ordenación Urbana de esta ciudad a Sistemas Generales correspondientes a la 1.a subfase o etapa de la fase II de la red general SGVE-E “Isla del Colegio”, se hace pública la relación de propietarios y terrenos objeto de ocupación directa con indicación de los aprovechamientos urbanísticos correspondientes y sector donde habrán de hacerse efectivos sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, cuya descripción es la que sigue:

Los terrenos objeto de la ocupación, 95.645 m2, constituyen parte de la finca registral número 23.602 (91.145 m2) y la finca registral número 23.678 del Registro de la Propiedad número 4 de Alcalá de Henares, descritos como sigue:

— Finca número 23.602 (parte).

Localización: sitio La Isla y Entreaguas.

Terreno: 22 hectáreas, 69 áreas, 75 centiáreas.

Linderos:

• Norte, el caz de la antigua fábrica de harinas El Colegio, esta fábrica y el socaz.

• Sur, finca agregada de esta a favor del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

• Este, la presa y el río Henares.

• Oeste, finca segregada de esta a favor del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

Referencia catastral: 280050000002600020TJ.

— Finca número 23.678.

Localización: sitio El Colegio.

Terreno: 45 áreas.

Linderos:

• Norte, finca segregada de esta a favor del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

• Sur, finca segregada de esta a favor del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

• Este, finca segregada de esta a favor del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

• Oeste, el antiguo camino que conduce a esta población (Alcalá de Henares), la antigua vereda que existe entre el socaz y la antigua huerta de los talleres penitenciarios.

Referencia catastral: no consta.

Los terrenos objeto de ocupación son propiedad de las sociedades Isla del Borgoñón, S. L., Inversiones del Campo, S. L., y Frize Promotores, S. L., por terceras e iguales partes indivisas según consta en el Registro de la Propiedad número 4 de esta ciudad.

Superficie afectada: 95.645 m2 (91.145 m2, que son parte de la finca registral número 23.602 del Registro de la Propiedad número 4 de esta ciudad, quedando un resto de 135.830 m2) y 4.500 m2 que constituyen la finca registral 23.678 del Registro de la Propiedad número 4 de Alcalá de Henares.

Aprovechamiento urbanístico que les corresponde en la proporción que consta en el Registro de la Propiedad, y Sector o Unidad de Ejecución en la que se hacen efectivos sus derechos:

— 10.236 Unidades de Aprovechamiento, en el Sector 30-B y Unidad de Ejecución número 5 del PGOU de esta ciudad:

• En el Sector 30-B, 7.664 Unidades de Aprovechamiento.

• En la Unidad de Ejecución número 5, 2.572 Unidades de Aprovechamiento.

A los efectos previstos en el artículo 92 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, y durante el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a que aparezca insertada la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrá ser examinado el expediente por quienes se consideren interesados y formuladas las alegaciones u observaciones que se tengan por convenientes.

Alcalá de Henares, a 10 de julio de 2020.—La TAG, jefe del Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, P. D. F. del secretario-titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, de fecha 23 de junio de 2020, Julia María Sánchez.

(02/17.379/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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