Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
19-08-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200819-118

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

118
Madrid número 20. Ejecución 128/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ALMUDENA ORTIZ MARTÍN, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 128/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA VANESA RODRÍGUEZ CITA frente a BODYWELL ESTÉTICA INTEGRAL, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 13 de julio de 2020.

La extiendo yo, la Letrada de la Admón. de Justicia, para hacer constar que ha transcurrido el plazo concedido a las partes para la impugnación de la tasación de costas, de lo que paso seguidamente a dar cuenta. Doy fe.

DECRETO

En Madrid, a 13 de julio de 2020.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.—En las presentes actuaciones se practicó liquidación de intereses ascendiendo a la suma de 5,30 euros.

Segundo.—Dado el oportuno traslado a las partes por término de diez días, para que procedieran a impugnarlas si les convenía, lo dejaron transcurrir sin hacer manifestación alguna.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Único.—No habiendo sido impugnada en el plazo previsto en el artículo 244 de LEC, la tasación de costas ni la liquidación de intereses por ninguna de las partes y estando las mismas practicadas con arreglo a derecho, procede aprobarlas y satisfacerlas siguiendo el orden establecido en el art. 268 de la LJS.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 5,30 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición las cantidades resultantes de tasación de costas practicada, librándose al efecto mandamiento de pago en concepto de intereses, librándose al efecto mandamiento de pago en concepto de intereses a favor de DOÑA VANESA RODRÍGUEZ CITA por importe de 5,30 euros.

Hágase saber a la parte que el anterior mandamiento quedará a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, pudiendo ser retirado de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, y que en caso de no ser retirado, dicha cantidad se ingresará en la Cuenta de Depósitos Provisionalmente Abandonados, sin perjuicio de facilitar número de cuenta corriente y certificado de titularidad, si a su derecho conviene, a fin de evitar desplazamientos a la sede judicial.

Resultando de las anteriores operaciones un sobrante por importe de 48,70 euros por la presente se acuerda su devolución a la empresa ejecutada expidiéndose para ello el oportuno mandamiento de pago, que podrá ser retirado firme que sea la presente resolución.

Notifíquese a las partes personadas la siguiente resolución.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2518-0000-64-0128-19.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DOÑA ALMUDENA ORTIZ MARTÍN

Y para que sirva de notificación en legal forma a BODYWELL ESTÉTICA INTEGRAL, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 13 de julio de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.175/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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