Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
17-08-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-60

Páginas: 1







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 198 | CVE:<br /> BOCM-20200817-60


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

lunes 17/08/2020

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-60
Páginas: 179 a 179 - 1 págs.

PDF de la disposición

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

60
Madrid número 20. Procedimiento 1720/2011

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 1720/2011, entre Axactor Capitalluxembourgs, SARL y D.a Clara Paulina Llivi Chávez, en cuyos autos se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 9 de mayo de 2012.—Vistos por la ilustrísima Sra. D.a Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal, registrado con el número 1720/2011, derivado de demanda presentada por Caja España, representada por la procuradora Sra. Granizo Palomeque y bajo la dirección letrada de la Sra. Suárez García, contra D.a Clara Paulina Llivi Chávez, declarada en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 3.696,87 euros, dicta en nombre del Rey la siguiente sentencia con base en los siguientes:

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora Sra. Granizo Palomeque, en nombre y representación de Caja España, debo condenar y condeno a D.a Clara Paulina Llivi Chávez a que abone a la actora la cantidad de 3.696,87 euros, cifra que devengará los intereses moratorios pactados desde el 30 de junio de 2009, devengando desde la fecha de esta sentencia los previstos en el art. 576 LEC.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número de cuenta del Juzgado 2448, del Banco Español de Crédito, código de la entidad 0030, código de la oficina 1845, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).

Así por esta mi sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde D.a Clara Paulina Llivi Chávez y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido y firmo la presente en Madrid, a 9 de octubre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.689/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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