Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
17-08-2020

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-18

Páginas: 2







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 198 | CVE:<br /> BOCM-20200817-18


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

lunes 17/08/2020

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-18
Páginas: 103 a 104 - 2 págs.

PDF de la disposición

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

18
RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de ejecución de modificación de una subestación denominada S. T. “Loeches”, situada en la carretera de Velilla, S/N del término municipal de Loeches, solicitada por UFD Distribución Electricidad, S. A. Expediente: 2019P423–14-0141-00423.5/2019.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 22 de mayo de 2019 tiene entrada en esta Dirección General escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A. en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de la modificación de una subestación, a la que acompaña el correspondiente proyecto, firmado por Javier Sacristán Heras, número de colegiado 19917, visado número 201901537, en el COIIM.

Segundo

Por parte de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre.

Tercero

Con fecha 11 de noviembre de 2019 se aporta Resolución SEA 9.50/19 emitida por la Dirección General de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid de fecha 4 de noviembre de 2019 en la que se indica que no se estima necesaria la tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno donde se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo que la desarrolla, el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por los que esta Dirección General de Industria, Energía y Minas en el uso de las atribuciones legalmente establecidas.

RESUELVE

Primero

Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A. la modificación de la subestación ST “Loeches” (USE18) de 220/132/45/15 kV, ubicada en la carretera de Velilla, s/n, en el término municipal de Loeches, coordenadas UTM ETRS89 X: 464428, Y: 4470898 cuyas características son las siguientes:

— Ampliación de la instalación con un nuevo transformador T-VII, de potencia 45/15 kV, 25MVA YNyn0d11, refrigeración tipo ONAN conectado a las respectivas conexiones de reserva disponibles en los parques de 45 kV (pos 503) y 15 kV (pos 702).

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de dieciocho meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Cuarto

En la ejecución de la instalación se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid SEA 9.50/19 de fecha 4 de noviembre de 2019.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de octubre de 2015).

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En Madrid, a 15 de julio de 2020.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Gregorio David Valle Rodríguez.

(02/18.818/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



http://www.bocm.es Logo BOCM CVE: BOCM-20200817-18


Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-18