Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
17-08-2020

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-16

Páginas: 4







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 198 | CVE:<br /> BOCM-20200817-16


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

lunes 17/08/2020

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-16
Páginas: 80 a 83 - 4 págs.

PDF de la disposición

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

16
ORDEN 1829/2020, de 4 de agosto, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establece la autorización y supresión de enseñanzas en institutos de educación secundaria y centros de educación de personas adultas, a partir del curso 2020-2021.

A fin de completar la oferta de las enseñanzas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y Juventud, y optimizar los recursos para la mejora de la calidad de las enseñanzas ofertadas en los mismos, se hace necesario modificar, a partir del curso escolar 2020-2021, la oferta educativa de los centros que se relacionan en los anexos que se adjuntan. Todo ello respetando lo establecido en la normativa que regula las respectivas enseñanzas: Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, Decreto 52/2015, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del Bachillerato, Decreto 107/2014, de 11 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el Plan de Estudios de veinte títulos profesionales básicos y Orden 1255/2017, de 21 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece la organización de las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad de Madrid.

De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 271, de 14 de noviembre),

DISPONGO

Primero

Objeto y ámbito

La presente Orden tiene por objeto autorizar la implantación y supresión de determinadas enseñanzas en centros docentes públicos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Autorización de enseñanzas

Se autoriza a los centros que se citan en el anexo 1 a implantar las enseñanzas que se detallan en el mismo, a partir del curso 2020-2021.

Tercero

Supresión de enseñanzas

A partir del curso 2020-2021, se suprimen las enseñanzas en los centros que se detallan en el anexo 2.

Cuarto

Puesta en funcionamiento

La puesta en funcionamiento de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden queda condicionada a la existencia de un número suficiente de alumnos matriculados, de acuerdo con las instrucciones que al efecto dicta la Administración educativa.

Quinto

Habilitación

Se autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, para dictar las instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que requieran la implantación de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.

Sexto

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos a partir del curso 2020-2021.

Madrid, a 4 de agosto de 2020.—El Consejero de Educación y Juventud, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2012), el Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, José María Rodríguez Jiménez, P. O. (Orden 1462/2020, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se dispone la suplencia del titular de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial), José María Serrano Adanero.



(03/19.800/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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