Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
14-08-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200814-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

47
Alcorcón. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón, en sesión celebrada el día 23 de abril de 2020, aprobó inicialmente la modificación presupuestaria por crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con bajas por anulación, expediente MCE 1/2020 Medidas Especiales COVID-19.

Finalizado el plazo de ocho días a que se refiere el artículo 177.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin haberse presentado reclamaciones, la modificación del presupuesto del Ayuntamiento de Alcorcón por crédito extraordinario y suplemento de crédito 1/20 se considera definitivamente aprobada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

La modificación presupuestaria por crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con bajas por anulación 1/2020 afecta a los siguientes capítulos:

Contra el presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo a tenor de lo previsto en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Alcorcón, a 4 de agosto de 2020.—La concejala-delegada de Hacienda, Contratación Pública y Patrimonio, P. S. (Decreto de 10 de marzo de 2020), el director general de Hacienda, Contratación y Patrimonio, Luis Miguel Caro Ruiz.

(03/19.671/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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