Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
14-08-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200814-170

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 5

170
Valencia número 5. Procedimiento 646/2018

EDICTO

DON JOSÉ MARÍA VILA BIOSCA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM CINCO DE LOS DE VALENCIA.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue expediente núm. 646/2018 a instancias de DAVIDE BULSEI contra I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO S.L.U., MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA, DENTAL GLOBAL MÁNAGEMNET SL, FOGASA, WESTON HILL ASSET MANGEMENT SL, WESTON HILL CAPITAL -SL, WESTON HILL INVESTIMENTS SL, IFACTORYGLOBAL LAB SL, INSTITUTS ODONTOLOGICS ASSOCIATS SL (DESISTIDO), JESUS BORJABAD GARCIA (ADMINISTRADOR CONCURSAL), DELOITE FINANCIAL ADVISORY SL (ENRIQUE DOMINGUEZ MONTEJO) ADM CONCURSAL y GUILLERMO RAMOS GONZALEZ (ADMINISTRADOR CONCURSAL) en la que el día 26-9-19 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

ESTIMANDO en parte la demanda presentada por D. DAVIDE BULSEI, contra I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L.U., habiendo sido llamado su administrador concursal ERNST AND YOUNG ABOGADOS SLP, representada por D. Guillermo Ramos González, MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT SL, habiendo sido llamado su administrador concursal ERNST AND YOUNG ABOGADOS SLP, representada por D. Jesús Borjabad García, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT SL, WESTON HILL CAPITAL LAB SL, WESTON HILL INVESTIMENTS SL, IFACTORY GLOBAL LAB SL, habiendo comparecido el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, DECLARO improcedente el despido de fecha 12-6-2018 y resuelto el contrato de trabajo, condenando a las empresas demandadas I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO SLU, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT SL y MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA, a abonar al actor la suma de 5.721,27 euros en concepto de indemnización y la suma de 26.740,03 euros en concepto de salarios de tramitación.

CONDENO asimismo solidariamente a las empresas demandadas LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO SLU, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT SL y MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA a abonar al actor la suma de 4.225,88 euros en concepto de deuda salarial, más los intereses del 10 por 100 ex artículo 29.3 ET., sin perjuicio de lo establecido en el artículo 59 de la Ley Concursal.

CONDENO a la administración concursal de dichas demandadas a estar y pasar por tales declaraciones y condenas.

ABSUELVO a las codemandadas de las pretensiones deducidas de contrario.

Notifíquese la presente resolución a las partes con advertencia de que no es firme y que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, que deberá anunciarse dentro de los CINCO DÍAS siguientes a su notificación, lo que podrá efectuar el interesado al hacerle la notificación con la mera manifestación de la parte o de su Abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o bien por comparecencia o por escrito presentado, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo Social. Es requisito necesario que, al tiempo de hacer el anuncio, se haga el nombramiento de Letrado o Graduado Social que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social presente en la Secretaría del Juzgado el documento que acredite haber consignado en la oficina de BANCO DE SANTANDER, en la “Cuenta de Depósitos y Consignaciones”, nº de cuenta: 4470-0000-62-0646-18, abierta a nombre del Juzgado la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por él aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que conste y sirva de notificación a MAXDUELL GRAN SOCIEDAD LIMITADA, WESTON HILL ÁSSET MANAGEMENT SL, WESTON HILL CAPITAL SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo, que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele, se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a veinticuatro de julio de dos mil veinte.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/18.671/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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