Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
07-08-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200807-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

94
Madrid número 9. Ejecución 288/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ANA BELÉN REQUENA NAVARRO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ETJ 288/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON JUAN ANTONIO MORENO MORENO frente a SFS SERVICIOS, S. L., SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES, S. L., y DON SERGIO FERNÁNDEZ SIRVIENTE sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 16/7/2020, cuyo contenido se encuentra a disposición en este Juzgado y contra el que cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la LJS, y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (art. 101.c LJS); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el banco santander 2507-0000-64-0288-19.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES, S. L,, SFS SERVICIOS, S. L., y DON SERGIO FERNÁNDEZ SIRVIENTE, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 16 de julio de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.680/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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