Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
07-08-2020

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200807-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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ACUERDO de 28 de julio de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se abre período de información pública del plan de restauración del proyecto de autorización de explotación de recursos de la sección A) gravas y arenas, denominada “El Salitral II”, número A479, situada en el término municipal de Colmenar de Oreja (Madrid), cuyo titular es Áridos Salitral, S. L.

La Dirección General de Industria, Energía y Minas ha acordado abrir un período de información pública de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo en el artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y de rehabilitación del espacio natural afectado por actividades mineras, durante los cuales cualquier persona interesada podrá acceder al plan de restauración del proyecto de autorización de explotación de recursos de la sección A) gravas y arenas, denominada “El Salitral II”, número A479, situada en el término municipal de Colmenar de Oreja (Madrid), cuyo titular es Áridos Salitral, S. L.

De conformidad con el artículo antes citado, se informa de los siguientes aspectos:

— Con fecha 12 de diciembre de 2013 el titular presenta en esta Dirección General de Industria, Energía y Minas el Plan de Restauración del Espacio Natural que ocupará la explotación de gravas y arenas denominada “El Salitral II”, número A479, y con fecha 3 de marzo de 2014 esta Dirección General da traslado del mismo a la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.

— Con fecha 23 de mayo de 2014 la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio devuelve el ejemplar del plan de restauración a fin de que se realicen los cambios indicados.

— Con fecha 30 de junio de 2014 el titular presenta un nuevo plan de restauración del proyecto de autorización de explotación de recursos de la sección A) gravas y arenas, denominada “El Salitral II”, número A479, y con fecha 3 de julio de 2014 esta Dirección General da traslado del mismo a la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.

— Con fecha 12 de agosto de 2014 la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio informa favorablemente el contenido técnico del plan de restauración examinado siempre y cuando se subsanen algunos aspectos.

— Con fecha 6 de octubre de 2014 el titular presenta las correcciones del plan de restauración planteadas en el informe favorable mencionado en el punto anterior.

— Con fecha 19 de diciembre de 2014 la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio emite informe favorable al contenido técnico del Plan de Restauración examinado.

— El órgano competente para la aprobación de la modificación del Plan de Restauración es la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

— La propuesta de resolución, de esta Dirección General, al citado Plan de Restauración es su aprobación.

— El Plan de Restauración del espacio natural afectado por la explotación “El Salitral II” podrá ser consultado en la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.comunidad.madrid), dentro de la ficha “Información pública de la DGIEM”.

— La toma de vista del expediente podrá realizarse durante el período de información pública, en formato digital, solicitando copia del mismo o cita previa para consulta telemática a través de la dirección de correo electrónico minas@madrid.org

— Quien lo desee podrá formular las alegaciones u observaciones que estimen oportunas, dirigidas a la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Área de Minas e Instalaciones de Seguridad) y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos, en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.

El presente acuerdo tiene carácter de acto de trámite y contra el mismo no cabe recurso alguno en vía administrativa, de conformidad con lo previsto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 28 de julio de 2020.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Gregorio David Valle Rodríguez.

(02/19.384/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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