Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
04-08-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200804-50

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Getafe. Régimen económico. Padrones fiscales

Se notifica a los interesados que por el jefe del Órgano de Gestión Tributaria, y en las fechas que se indican, han sido aprobadas los padrones y listas cobratorias que comprenden las liquidaciones correspondientes al ejercicio 2020 de los siguientes tributos:

a) El 20 de mayo de 2020, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, por un importe de 488.246,11 euros, que consta de 463 recibos contenidos en la remesa 2020IBIR.

b) El 20 de mayo de 2020, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, por un importe de 56.641.738,24 euros, que consta de 117.918 recibos contenidos en la remesa 2020IBIU.

c) El 12 de junio de 2020, de la tasa por ocupación del dominio público por la instalación de quioscos, ascensores y cajeros automáticos, por un importe de 7.239,62 euros, que consta de 38 recibos contenidos en la remesa 2020TOVP.

d) El 18 de junio de 2020, tasa por ocupación del dominio público por reserva de vía pública para entrada de vehículos en edificios y solares (vado), por un importe de 1.405.968,27 euros, que consta de 11.526 recibos contenidos en la remesa 2020VADOS.

e) El 2 de julio de 2020, impuesto sobre actividades económicas, por un importe de 6.781.108,91 euros, que consta de 1.726 recibos contenidos en la remesa 2020IAE.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9.3 de la ordenanza fiscal número 1, reguladora del impuesto de bienes inmuebles, los umbrales a tener en cuenta en el presente ejercicio en los bienes de naturaleza urbana, para la aplicación del tipo diferenciado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 72.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, son los siguientes:

Estos padrones y listas cobratorias se expondrán al público en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de lunes a viernes en horario de apertura al público, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 3 de octubre de 2020, sin que dicho plazo pueda ser inferior a quince días.

Plazo de ingreso voluntario: del 1 de septiembre al 3 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

Lugar y medios de pago:

Por Internet: a través de la sede del Ayuntamiento en la dirección https://sede.getafe.es, mediante tarjeta VISA o Mastercard.

Entidades colaboradoras: mediante efectivo o cargo en cuenta en cualquier oficina, cajero o banca electrónica. Relación de entidades autorizadas:

— Banco Sabadell, Banco Santander, BBVA, Bankia, Caixabank, Ibercaja Banco.

Contribuyentes que tengan domiciliados los recibos: la fecha de cargo en su cuenta corriente se producirá el día 3 de noviembre, o el 1 de septiembre para el supuesto de IBIU que tuviera elegida esa opción (con descuento).

Contribuyentes que no tengan domiciliado el pago: recibirán en su domicilio fiscal los documentos para proceder a su pago. Les recordamos la importancia de declarar los datos y domicilio fiscal correcto para que puedan recibir estas comunicaciones. En caso de extravío o de no recibir alguno de los recibos que debiera pagar, podrán solicitar la expedición de un duplicado.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario para satisfacer la deuda, si esta no ha sido satisfecha, podrá pagarse con el recargo del 5 por 100 durante el período indicado en la casilla “Período de pago en ejecutiva”, con el mismo documento. Si la deuda no ha sido ingresada, se exigirá por vía ejecutiva, sufriendo el incremento de los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que correspondan.

Contra las liquidaciones podrá interponerse recurso preceptivo de reposición previo al contencioso-administrativo, ante la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, en el plazo de un mes, a contarse desde el día siguiente al final del período de exposición pública del padrón de contribuyentes, sin perjuicio de poner presentar cualquier otro que estime procedente.

El presente anuncio es sustitutivo de las notificaciones individuales de las deudas. Para cualquier aclaración o duda pueden ponerse en contacto con la Oficina de Atención Tributaria, sita en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de Getafe, o bien en el teléfono 911 883 668.

Getafe, a 23 de julio de 2020.—La Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, José Ignacio Pulido Pulido.

(02/18.305/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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