Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
04-08-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200804-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Galapagar. Régimen económico. Padrones fiscales

Por la señora concejala de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Galapagar se han aprobado los padrones-listas cobratorias del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) de naturaleza urbana y de naturaleza rústica, BICE, IAE, tasa recogida residuos, tasa ocupación vía pública de entrada de vehículos (vados), tasa ocupación VP cajeros bancos e impuesto de gastos suntuarios de cotos caza, correspondientes al ejercicio 2020. Según el artículo 17.5 de la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de este Ayuntamiento de Galapagar, dichos padrones se expondrán al público, para examen y reclamación por parte de los legítimamente interesados, durante un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro del cual podrán presentar las reclamaciones que estimen oportunas, siendo el lugar de exposición el Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Galapagar.

Se establece como plazo de pago en período voluntario de cobranza del 15 de septiembre al 21 de diciembre de 2020, ambos inclusive. Asimismo, fuera del período voluntario, y desde el 22 hasta el 31 de diciembre de 2020 se podrá hacer efectivo el pago con el 5 por 100 de recargo ejecutivo.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Lugar y forma de pago: en dinero de curso legal, en cualquier sucursal de las entidades bancarias que a continuación se relacionan: “Ibercaja”, “Caixabank”, “Banco Santander”, “Banco Popular”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco Sabadell”, web del Ayuntamiento y en oficinas de correos, abonando la tasa establecida por dicha entidad.

Recursos: contra el acto de aprobación del padrón podrá formularse recurso de reposición ante esta Concejalía, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la finalización del período de exposición pública.

Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que determinará el devengo del recargo de apremio e interés de demora en los términos previsto en la LGT y el RGR.

Galapagar, a 2 de julio de 2020.—El alcalde, por delegación (Decreto de Alcaldía número 2193/2020, de 29 de mayo), la sexta teniente de alcalde, delegada del Área de Economía, Hacienda, Movilidad, Transporte, Planificación, Seguimiento de objetivos y Urbanizaciones, Pilar García López.

(02/16.636/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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