Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
03-08-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200803-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

58
Soto del Real. Organización y funcionamiento. Ordenanza cesión espacios y locales

Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de junio de 2020, acordó aprobar provisionalmente la modificación del anexo 1 de la ordenanza reguladora de cesión de espacios y locales que figura en el anexo.

Transcurrido el plazo de un mes de exposición pública, contados desde el 20 de junio hasta el 20 de julio de 2020 (ambos incluidos), efectuada mediante anuncios publicados en el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 147 de 19 de junio de 2020, sin que durante el mismo se presentasen reclamaciones o sugerencias, dicho acuerdo se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con carácter previo, recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Contencioso Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de éste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 52.1 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación se inserta el acuerdo adoptado y el texto íntegro de la ordenanza aprobada:

ANEXO

Modificación del Anexo 1 de la ordenanza reguladora de cesión de espacios y locales

El objeto de traer al Pleno esta propuesta de modificación de la ordenanza reguladora es fijar unas tarifas para ampliar la oferta de espacios municipales disponibles para que particulares o empresas puedan utilizarlos cuando estén disponibles, lo cual también permitiría al Ayuntamiento aumentar sus ingresos, y añadir una sala en la redacción de la ordenanza.

Modificaciones:

“Art. 29. Condiciones de uso de las aulas de la Casa de la Cultura.

Ampliar:

g) Aula número 4: situada en la primera planta. Con un aforo de hasta 14 personas.

ANEXO 1

Precios públicos de cesión de los espacios

Recoger los precios de las Aulas de la Casa de la Cultura descritas en el Art. 29 de la ordenanza en el Anexo 1.

— Aula 1, Aula 2, Aula 3: 10 euros/hora.

— Sala Multiusos/Aula de Manualidades: 15 euros/hora.

— Aula de Informática: 20 euros/hora.

Salones Prado Real: Se especifica cada una de las salas (Sala Manzanares y Sala Miraflores), quedando del siguiente modo:

— Sala Miraflores: 50 euros/ día.

— Sala Manzanares: 50 euros/ día”.

En Soto del Real, a 21 de julio de 2020.—El alcalde, Juan Lobato Gandarias.

(03/17.911/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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