Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
03-08-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200803-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALBACETE NÚMERO 3

174
Albacete número 3. Procedimiento 755/2018

EDICTO

D/Dª FRANCISCO GOMEZ NOVA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALBACETE.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª JOSE MANUEL ARIAS FRANCO contra GE WIND ENERGY S.L., COMPAÑIA DE SEGUROS ELECTRIC INSURANCE IRELAN LIMITED, COMPAÑIA DE SEGURIOS AIG EUROPE LIMITED, AVANCOS TECHNICAL SERVICES S.L. y GENERAL ELECTRIC INTERNATIONAL INC. SUCURSAL EN ESPAÑA, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 755/2018 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a COMPAÑIA DE SEGUROS ELECTRIC INSURANCE IRELAN LIMITED y AVANCOS TECHNICAL SERVICES S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 27/4/2021 a las 09:30 horas, en C/ TINTE, 3 - Sala 005, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a COMPAÑIA DE SEGUROS ELECTRIC INSURANCE IRELAN LIMITED, y AVANCOS TECHNICAL SERVICES S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid.

En ALBACETE, a diez de julio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/16.953/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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