Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
03-08-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200803-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

102
Madrid número 9. Ejecución 91/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ANA BELÉN REQUENA NAVARRO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 9 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 91/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ANTONIO GALLARDO AGUILERA y D. CARLOS ALBERTO ORTEGA HERNÁNDEZ frente a GRUPO DE PARTICIPACIONES INDIVIDUALES, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de fecha 13-07-2020, cuya parte dispositiva dice:

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo dispuesto, SE ACUERDA:

Despachar orden general de ejecución de Sentencia de fecha 04-03-2020 a favor de la parte ejecutante, D./Dña. CARLOS ALBERTO ORTEGA HERNÁNDEZ y D./Dña. ANTONIO GALLARDO AGUILERA, frente a la demandada GRUPO DE PARTICIPACIONES INDIVIDUALES, S.L., parte ejecutada, por un principal de 2.157,25 euros, de los cuales a D. CARLOS ALBERTO ORTEGA HERNÁNDEZ le corresponde la cantidad de 1.394,32 euros y a D. ANTONIO GALLARDO AGUILERA la cantidad de 762,93 euros, más 431,44 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la LJS, y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (art. 101.c de la LJS); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0091-20.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

Dña. MARÍA NURIA PINA BARRAJÓN

LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO DE PARTICIPACIONES INDIVIDUALES, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de julio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.946/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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