Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
31-07-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200731-40

Páginas: 448


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Modificación Puntual Plan General Ordenación Urbana 1997

Publicación de la normativa urbanística de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en los ámbitos del Área de Planeamiento Remitido 08.03, “Prolongación de la Castellana”, y del Área de Planeamiento Específico 05.27, “Colonia Campamento”, para la definición de las determinaciones y parámetros de ordenación de la operación urbanística “Madrid Nuevo Norte” con la creación de un Área de Planeamiento Remitido 05.10, “Estación de Chamartín” y tres Áreas de Planeamiento Específico denominadas Área de Planeamiento Específico 08.20, “Malmea-San Roque-Tres Olivos”, Área de Planeamiento Específico 08.21, “Las Tablas-Oeste” y Área de Planeamiento Específico 05.31, “Centro de Negocios Chamartín”. Expediente número 135/2018/00489.

Con fecha 22 de julio de 2020, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha adoptado el acuerdo de dar por cumplidas las condiciones establecidas en el anexo del Acuerdo de 25 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprobó definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid en los ámbitos de planeamiento APR 08.03, “Prolongación de la Castellana”, y APE 05.27, “Colonia Campamento”, para la definición de las determinaciones y parámetros de ordenación de la operación urbanística “Madrid Nuevo Norte”.

Dicho acuerdo de verificación del cumplimiento de las condiciones recogidas en el Acuerdo de aprobación definitiva ha sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 178, de 24 julio de 2020.

Según el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a este Ayuntamiento publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, añadiendo a dicha publicación el contenido a que hace referencia el artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Por ello, mediante el siguiente Anuncio se procede a dar cumplimiento al mismo, publicando la normativa urbanística aplicable conforme al índice siguiente con referencia del Código Seguro de Verificación de cada documento y nombre del archivo del expediente electrónico:

En Madrid, a 24 de julio de 2020.—El director general de Planeamiento, Javier Hernández Morales.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/18.545/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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