Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
29-07-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200729-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

110
Madrid número 4. Procedimiento 400/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 400/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel David Nascimento Canelón y don Marco Antonio Pereira Valbuena, frente a El Cuenco de Tina, S. L., sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimo la demanda interpuesta por don Marco Antonio Pereira Valbuena y don Manuel David Nascimento Canelón contra El Cuenco de Tina, S. L. y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), y condeno a El Cuenco de Tina, S. L. a hacer pago al señor Pereira de la cantidad de 1.550,02 euros y al señor Nascimento de la cantidad de 1.351,56 euros, más sus intereses moratorios al tipo del 10 por 100 anual, y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el artículo 191.2.g) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así, por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a El Cuenco de Tina, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 8 de julio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.339/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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