Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
27-07-2020

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200727-8

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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ORDEN de 9 de julio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad de establecimiento de precio privado por participación a través de stand en la XIII Feria de Empleo para Personas con Discapacidad y VI Foro de Activación del Empleo, cofinanciado al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo dentro del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid.

La disposición adicional cuarta del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, dispone que el establecimiento, fijación de la cuantía, administración y cobro de contraprestaciones pecuniarias por venta de bienes, prestación de servicios o realización de actividades llevadas a cabo por la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, que sean precios privados y por ello no tengan la consideración de tasas o precios públicos, corresponderá al Consejero u órgano competente del ente institucional gestor de los ingresos, previo informe favorable del Consejero de Hacienda.

El apartado segundo de la citada disposición establece que cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, podrán fijarse precios privados que resulten inferiores a los costes.

En cumplimiento de esta normativa se ha elaborado la Memoria Económico-Financiera donde se justifica el importe propuesto y el grado de cobertura financiera de los costes correspondientes a la celebración, los días 28 y 29 de octubre de 2020, en el Recinto Ferial de Madrid, de la XIII Feria de Empleo para Personas con Discapacidad y VI Foro de Activación del Empleo, cofinanciado al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo dentro del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo expuesto, y previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Función Pública,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto y financiación

Mediante la presente Orden se establecen como precios privados por la participación a través de stand en la XIII Feria de Empleo para Personas con Discapacidad y VI Foro de Activación del Empleo, cofinanciado al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo dentro del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, que se celebrará en los días 28 y 29 de octubre de 2020 en el Recinto Ferial de Madrid, las siguientes cuantías respectivamente, 2.000 euros (IVA incluido) para las empresas y entidades que participen en la modalidad de Promotor y 500 euros (IVA incluido) para las empresas y entidades que participen en la modalidad de Participante, entendiendo como modalidad de participación la utilización de stands de distintos precios y tamaños, y las diferentes prestaciones a que tendrán derecho en función de su tipo de participación.

Artículo 2

Forma de pago

1. El pago de los precios privados regulados en la presente Orden se efectuará con anterioridad a la fecha de realización de la feria, utilizando el modelo normalizado de ingreso 039, incluido en el Anexo.

2. El modelo 039 se facilitará a los interesados en la Dirección General del Servicio Público de Empleo y por los Servicios de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid, pudiendo obtenerse, asimismo, a través de Internet en la página web de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), dentro de “Administración Electrónica, punto de acceso general” y seleccionando dentro del apartado “Servicios de tramitación electrónica” el enlace a “Pago de tasas y precios públicos”.

3. Asimismo, el pago on-line se podrá realizar desde cualquier dispositivo móvil mediante la app de la Comunidad de Madrid denominada “Tasas” para el pago de tasas, precios públicos y otros ingresos, disponible para su descarga tanto para el entorno IOS como Android.

En la página https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/ app-pago-tasas-0 podrán acceder a los enlaces para descargar la aplicación móvil.

4. Los pagos a que hace referencia la presente Orden se podrán efectuar en efectivo, en alguna de las entidades colaboradoras: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Sabadell, Bankia, CaixaBank, Banco de Santander y Cajas Rurales Unidas SCC (Cajamar).

Asimismo, podrá efectuarse mediante banca electrónica, accediendo a la página web de la Comunidad de Madrid, en la forma señalada en el artículo 2.2, para su tramitación es necesario tener activado en su tarjeta la opción de Comercio Electrónico Seguro.

5. El pago y la consiguiente participación en la Feria/Foro ha de recibir previamente la conformidad expresa de la Dirección General del Servicio Público de Empleo, canalizada a través de la empresa adjudicataria del contrato para su organización.

Artículo 3

Cesión de derechos de participación y representación en la Feria

No está permitida la cesión parcial o total de los derechos de participación en la feria a terceros ni, por consiguiente, la ocupación de un stand por varios co-expositores. Por tanto, el espacio concedido solo podrá ser ocupado por la empresa o entidad que haya efectuado el pago a que se refiere la presente Orden.

Artículo 4

Obligación de las empresas

Todas las empresas presentes en la feria, tanto en la modalidad de Promotor como de Participante, asumen las mismas obligaciones: Las empresas asumen la obligación de informar a los asistentes a la feria de sus ofertas de empleo vacantes, o de sus previsiones de contratación a corto/medio plazo.

Las empresas y entidades asumen la obligación de prestar, de forma continuada durante el horario de celebración de la misma, el servicio de atención e información en su stand, sin que existan intervalos en los que haya stands cerrados o desatendidos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de julio de 2020.

El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, MANUEL GIMÉNEZ RASERO

(03/17.251/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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