Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
27-07-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200727-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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San Martín de la Vega. Régimen económico. Padrones fiscales

A los efectos de notificación colectiva y de conformidad con los artículos 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público que por Decreto de Alcaldía de fecha 13 de julio de 2020, entre otros aspectos, se ha dispuesto:

Primero.—Aprobar el padrón de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, correspondiente al ejercicio 2020, cargo 131/2020, que contiene un total de ocho recibos por importe total de 37.704,13 euros, y comienza por NIF: A-28018380, por importe de 2.601,76 euros, y termina por el NIF: A-63222533, por importe de 2.040,74 euros.

Segundo.—Establecer los siguientes plazos de ingreso en el período voluntario: 20 de septiembre a 20 de noviembre de 2020.

Tercero.—Iniciar el procedimiento de cobro en período voluntario de los recibos aprobados y, transcurrido el plazo en voluntaria sin que se haya hecho efectiva la deuda correspondiente, iniciar el procedimiento ejecutivo.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en los lugares de costumbre a los efectos oportunos.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio, recurso de reposición ante el alcalde-presidente, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro medio de impugnación que estimen procedente.

San Martín de la Vega, a 14 de julio de 2020.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(02/17.044/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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