Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
27-07-2020

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200727-4

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

4
RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace pública la superación por don Manuel Romera Maestre del proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Dotación (Grupo C, Subgrupo C1), convocado por Orden 5089/2016, de 22 de diciembre, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Mediante Orden 5089/2016, de 22 de diciembre, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre), fueron convocadas pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, categoría de Jefe de Dotación (Grupo C, Subgrupo C1), publicándose por Resolución de 28 de octubre de 2019, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de noviembre), la relación de aspirantes que, habiendo finalizado el curso selectivo de que constaba el proceso de referencia, y aprobando dicho curso, superaron, en consecuencia, el citado proceso selectivo, y siendo aquellos nombrados funcionarios de carrera mediante Orden de 26 de noviembre de 2019, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de diciembre).

En el apartado quinto de la reseñada Resolución de 28 de octubre de 2019, se dispuso, entre otros extremos, que cuando el aspirante don Manuel Romera Maestre concluyera su participación en el mencionado curso, en caso de superar este y, por tanto, el indicado proceso selectivo, se dictaría por la Dirección General de Función Pública Resolución comprensiva de esa circunstancia, habilitándose al interesado el plazo correspondiente para la acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos en la señalada Orden de convocatoria.

Una vez que el Tribunal Calificador de las expresadas pruebas ha comunicado la superación por el aludido aspirante del ya reiterado curso y, consecuentemente, del referido proceso selectivo, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

HA RESUELTO

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador de las citadas pruebas selectivas, que don Manuel Romera Maestre ha superado dicho proceso, conforme a los términos que se detallan seguidamente, no resultando afectada, a la vista de los mismos, la ordenación de los demás aspirantes aprobados en el proceso contenida en el Anexo de la mencionada Resolución de 28 de octubre de 2019:

Segundo

1. Con objeto de proceder al nombramiento de don Manuel Romera Maestre como funcionario de carrera del Cuerpo, Escala y Categoría de referencia, el cual, de conformidad con lo establecido en el apartado quinto de la señalada Resolución de 28 de octubre de 2019, habrá de surtir los mismos efectos que los derivados del nombramiento del resto de los aspirantes seleccionados en el proceso, el interesado dispondrá de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, exigida por la base 9.1 de la reseñada Orden 5089/2016, de 22 de diciembre, y que será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Hacienda y Función Pública (plaza de Chamberí, número 8, primera planta, 28010 Madrid), todo ello sin perjuicio de lo expresado en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del documento nacional de identidad.

B) Copia del título de Bachiller o del título de Técnico, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia, o, en su caso, de la certificación académica justificativa de haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial que proceda conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal fin.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

El modelo a efectos de cumplimentar dicha declaración jurada o promesa será facilitado por la citada Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquel a través del enlace “http://www.comunidad.madrid/gobierno/ espacios-profesionales/personal-funcionario-nuevo-ingreso” y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de documentación y petición de destinos”.

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo si el interesado se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal objeto en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando el aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).

3. La documentación indicada en este apartado segundo será presentada mediante alguna de las modalidades que se relacionan seguidamente:

— Telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”, al que podrá accederse desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid o desde la página web “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/ bomberos-jefe-dotacion-c1-pi”, y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Hacienda y Función Pública o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

— En el supuesto de no optar por la presentación telemática, el interesado podrá presentar el formulario que haya impreso y firmado tras su cumplimentación, junto con la documentación requerida que corresponda, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la aludida Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero

De acuerdo con lo expresado en la base 9.4 de la señalada Orden 5089/2016, de 22 de diciembre, a efectos de la acreditación, en su caso, de la documentación sustitutoria de la titulación, en los términos previstos en la base 2.1.c) de dicha Orden, así como de la acreditación del requisito contemplado en la base 2.1.d) de la misma, el órgano competente de la Administración que, en cada supuesto, proceda, aportará de oficio al procedimiento las certificaciones correspondientes a tal objeto.

Cuarto

De conformidad con lo dispuesto en la base 9.5 de la ya reiterada Orden de convocatoria, si el aspirante aprobado, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditase el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carece de alguno de dichos requisitos, perderá su derecho a ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Dotación (Grupo C, Subgrupo C1), y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud inicial.

Quinto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 10 de julio de 2020.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/17.411/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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