Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
27-07-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200727-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

124
Madrid número 33. Ejecución 48/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Almudena Botella García-Lastra, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 48/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARÍA MARCIA VALENCIA CADIMA frente a LIMANT SERVICIOS PROFESIONALES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente Decreto cuya parte dispositiva es la siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1.212,75 euros de principal; 73 de intereses y 121 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado LIMANT SERVICIOS PROFESIONALES SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCÍA-LASTRA

Y para que sirva de notificación en legal forma a LIMANT SERVICIOS PROFESIONALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de julio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.084/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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