Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
15-07-2020

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200715-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Vigésima Cuarta. Procedimiento 508/2019

Sección Vigésima Cuarta

EDICTO

DON MANUEL ELOLA SOMOZA, Letrado de la Admón. de Justicia de la Sección Vigesimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en este Tribunal se sigue el recurso de apelación número 508/2019 a instancia de la procuradora doña María Blanca Aldereguia Prado en nombre y representación de DOÑA LAURA FOMINAYA HURTADO contra DON JUAN MANUEL FRANCO LÓPEZ, declarado en rebeldía procesal, sobre autos de guarda, custodia, alimentos n.º 793/2016, en el que se ha dictado sentencia en fecha 11 de marzo de 2020.

Encontrándose la resolución a su disposición en la Secretaría de esta sección.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede caber la interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y/o, casación, si se dan algunos de los supuestos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, 1/2000 para ante el Tribunal Supremo en el plazo de veinte días.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte apelada declarada en situación procesal de rebeldía, DON JUAN MANUEL FRANCO LÓPEZ, pese a las diligencias y averiguaciones practicadas para ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497, 2.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por medio de la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo practicarse dicha publicación de oficio, sin devengo de tasas toda vez que la parte, a cuya costa se ha acordado librar, tiene reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita en el presente procedimiento.

En Madrid, a 7 de julio de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCIÓN

DON MANUEL ELOLA SOMOZA

(03/16.087/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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