Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
15-07-2020

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200715-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

19
EXTRACTO de la Orden 616/2020, de 10 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2020 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el VIH/SIDA.

BDNS (Identif.): 514165

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3 y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web www.madrid.org

Primero

Beneficiarios

Organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro, que organicen o tengan en marcha proyectos de carácter asistencial, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid y destinadas exclusivamente al desarrollo de actividades cuyo objetivo sea la atención y asistencia domiciliaria y el alojamiento y acogida de personas afectadas por el VIH/SIDA.

Segundo

Finalidad

Proyectos asistenciales dirigidos a personas afectadas por el VIH/SIDA, realizadas dentro de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 973/2013, de 14 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2013 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial a favor de personas afectadas por el VIH/SIDA.

Cuarto

Importe

332.242,27 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este Extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Criterios de valoración

Las solicitudes se puntuarán en función de los siguientes criterios: Población a la que van dirigidos los recursos y actividades, recursos humanos que desempeñen funciones profesionales relacionadas con el desarrollo de actividades asistenciales objeto de la subvención y número de personas que las llevan a cabo, calidad técnica del proyecto, tipo de acciones asistenciales desarrolladas, acciones de seguimiento, evaluación y mejora, actividades formativas tanto del personal que participa en las actividades como, especialmente, en materia de prevención de riesgos y aspectos psicosociales vinculadas a la enfermedad.

Madrid, a 10 de junio de 2020.

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

(03/16.390/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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