Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
14-07-2020

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200714-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 8

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Madrid número 8. Procedimiento 775/2016

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 775 de 2016, entre Garantías, Instalaciones y Proyectos Canarios, S. L. U., y Ted Cusher In Store, S. A. y don Eduardo Cuspinera Diéguez, en reclamación de 20.306,04 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 50 de 2020

En Madrid, a 4 de junio de 2020.—La magistrada-juez, doña María Victoria Muñoz González.

Vistos por mí, doña María Victoria Muñoz González, magistrada-juez de refuerzo de este Juzgado, en juicio oral y público, los autos de procedimiento ordinario registrados entre los de su igual clase con el número 775 de 2016, en los que ha sido parte demandante Garantías, Instalaciones y Proyectos Canarios, S. L. U., representada por el procurador de los tribunales señor Hornedo Muguiro, y asistida de letrado, contra Ted Cusher In Store, S. A. y don Eduardo Cuspinera Diéguez, que ha sido declarado en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por Garantías, Instalaciones y Proyectos Canarios, S. L. U., frente a Ted Cusher In Store, S. A. y don Eduardo Cuspinera Diéguez, debo condenar y condeno a Ted Cusher In Store, S. A. a abonar al actor la cantidad de 20.306,04 euros, cantidad que devengará los intereses legales desde la presentación de la demanda. De igual modo, debo absolver y absuelvo a don Eduardo Cuspinera Diéguez de los pedimentos de la demanda. Todo ello sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolas de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días, que será resuelta por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta mi sentencia, que pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a Ted Cusher In Store, S. A. y don Eduardo Cuspinera Diéguez, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 12 de junio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.341/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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