Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
14-07-2020

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200714-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Acuerdo de la Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 248/2020 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

La Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de junio de 2020, acordó la aprobación inicial del expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

Aprobado inicialmente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, por Acuerdo de la Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid en fecha 30 de junio de 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de la entidad para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición en la sede electrónica de esta entidad:

http://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Dado en Griñón, a 2 de julio de 2020.—El presidente, José María Porras Agenjo

(03/15.487/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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