Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
14-07-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200714-51

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

OFERTAS DE EMPLEO

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Torrelodones. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 29 de junio de 2020, se aprobaron las bases específicas que han de regir la oposición para proveer una plaza de Profesor/a de Guitarra Clásica, cuyo texto es el siguiente:

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE PROFESOR/A DE GUITARRA CLÁSICA PARA EL AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

1. Normas generales

a) Objeto de la convocatoria, sistema selectivo y características del puesto de trabajo: la plaza de esta convocatoria se encuentran incluida en la Oferta de Empleo del Ayuntamiento de Torrelodones para el año 2019, siendo el objeto de la misma cubrir por contratación laboral fijo, mediante concurso-oposición libre, una plaza de Profesor/a de Guitarra Clásica.

b) Legislación aplicable: la presente convocatoria se desarrollará con arreglo a las Bases Generales, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el 12 de junio de 2018.

2. Requisitos específicos de los aspirantes

2.1. Los generales para el acceso a la Función Pública, según se establece en el punto 2 de las Bases Generales.

2.2. Los específicos que seguidamente se indican:

a) Estar en posesión del Título Superior de Música: Guitarra Clásica o equivalente (Título de Profesor Plan 66 Superior o plan 42).

3. Solicitudes

3.1. Se presentarán en el plazo y de la forma que se indica en las Bases Generales.

3.2. La tasa por derechos de examen de este proceso selectivo será de 22,26 euros, cuyo importe se hará efectivo en el Banco y cuenta del Ayuntamiento, que se indique en la propia instancia.

3.3. Proyecto pedagógico indicado para el tercer ejercicio que figura en el punto 5.1 de estas bases.

4. Tribunales

4.1. El tribunal calificador que actuará en el proceso de selección, se regirá por las normas contenidas en el punto 6 de las Bases Generales.

4.2. El tribunal tendrá la categoría primera a efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

5. Desarrollo del proceso selectivo

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición. La fase de oposición será previa a la fase de concurso.

5.1. Fase de oposición:

Esta fase consistirá en la realización de tres ejercicios, en base al temario que figura en el Anexo I.

a. Primer ejercicio. Consistirá en la interpretación de tres obras de diferentes estilos de repertorio de guitarra clásica. Se valorará la dificultad técnica, la calidad y destreza de la ejecución y el interés artístico del programa presentado.

b. Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo de una clase práctica con un alumno de la Escuela de Música. El alumno presentará una obra que esté estudiando para que el aspirante pueda mostrar sus capacidades en el ejercicio docente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 15 minutos.

c. Tercer ejercicio. Prueba oral. El candidato presentará, junto con la instancia, un proyecto pedagógico de guitarra clásica, aplicado a la Escuela de Música. En este ejercicio realizará una defensa del proyecto mostrando las técnicas de trabajo y los materiales precisos para impartir las enseñanzas propias de la especialidad a la que se opta. El proyecto deberá aportar objetivos, contenidos, metodología y sistema de evaluación.

El tiempo máximo para la defensa del proyecto pedagógico será de 45 minutos. El tribunal, a continuación planteará todo tipo de preguntas y aclaraciones a el/la aspirante en relación con el temario y con la propuesta defendida o cualquier otro aspecto inherente al puesto de trabajo a cubrir.

Se tendrá en cuenta la calidad del proyecto y la capacidad del aspirante para explicar y hacer llegar estos contenidos.

Los ejercicios del procedimiento de selección tendrán carácter eliminatorio y serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtención de al menos 5 puntos en cada uno de ellos. La puntuación de la fase de oposición será la nota media de los tres ejercicios.

5.2. Fase de concurso:

En esta fase, que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos, contados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Experiencia profesional:

2. Formación académica:

3. Otros méritos:

6. Calificación definitiva y lista de aprobados

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por lo establecido en el punto 8 de las bases generales.

ANEXO I

TEMARIO

1. La Constitución española de 1978.

2. El municipio. El Término Municipal. La población.

3. Organización y funcionamiento municipal.

4. Personal al servicio de la función pública. Régimen de Incompatibilidades.

5. Marco normativo y ámbito formativo de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad de Madrid.

6. El proyecto pedagógico en el marco de las enseñanzas no regladas de música.

7. El análisis musical y su metodología. Análisis estilístico, formal y armónico. Diferentes sistemas analíticos y su valoración. Importancia de la interrelación de los mismos para avanzar en una plena comprensión de la obra musical.

8. El repertorio de guitarra barroca: su estilo y notación. Escuelas nacionales. Tablaturas, criterios de transcripción y edición.

9. Características, referidas a la evolución del estilo y de la Escritura instrumental, del repertorio para laúd en el barroco. Tablaturas, criterios de transcripción. La obra para laúd de J. S. Bach.

10. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico de la segunda mitad del siglo XVIII. Criterios de transcripción para guitarra de seis cuerdas.

11. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico clásico-romántico.

12. Características, referidas a la evolución del estilo y de la Escritura instrumental, del repertorio guitarrístico de la segunda mitad del siglo XIX.

13. Características, referidas a la evolución del estilo y de la Escritura instrumental, del repertorio guitarrístico de la primera mitad del siglo XX. La influencia de A. Segovia.

14. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico desde la segunda mitad del siglo XX hasta nuestros días. Nuevos recursos compositivos, formales, interpretativos y de notación.

15. Evolución de los principios metodológicos: principales aportaciones metodológicas de la Educación Musical.

16. La práctica de grupo en la enseñanza en una Escuela de Música. Programación de las actividades colectivas en este nivel: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

17. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para encontrar soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

18. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

19. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.

20. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

Madrid, a 1 de julio de 2020.—El alcalde, Alfredo García-Plata Fernández.

(02/15.490/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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