Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
14-07-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200714-40

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

OFERTAS DE EMPLEO

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Getafe. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por la presente se publica:

«La Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el día 24 de junio de 2020, aprobó las siguientes:

BASES PARA PROVEER, POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN ABIERTA A OTRAS ADMINISTRACIONES, UN PUESTO DE TRABAJO VACANTE EN EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE INFORMÁTICA

Primera. Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, mediante el procedimiento de libre designación el siguiente puesto de trabajo:

— Unidad administrativa: Informática, Administración electrónica, Información y transparencia.

— Escala: Administración especial.

— Subescala: Técnica.

— Clase: Técnicos medios.

— Número de puesto en RPT: 920-11-225-01.

— Denominación: Jefatura de sección de informática.

— Grupo: A2.

— Complemento de Destino: 26.

— Complemento Específico: 30.777,27 euros.

Segunda. Normativa aplicable

El procedimiento se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases, así como a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; en el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Supletoriamente y en lo que resulte adecuado a la naturaleza del presente procedimiento, podrán ser aplicadas para solventar cuestiones que puedan suscitarse, las vigentes Bases Generales que rigen las convocatorias para cubrir plazas de personal laboral y funcionarios de carrera en este Ayuntamiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 271, de 13 de noviembre de 2008).

En materia procedimental será asimismo aplicable la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Requisitos de participación

2.1. Podrán tomar parte en la convocatoria quienes reúnan todos los siguientes requisitos:

— Ser funcionario de carrera de Administración Local y pertenecer a la Subescala Técnicos Medios de la Escala de Administración Especial, para cuyo ingreso se exigió titulación de Ingeniería Técnica en Informática o Grado en Ingeniería Informática.

Los candidatos y candidatas deberán reunir todos los requisitos exigidos el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la toma de posesión.

2.2. Situaciones administrativas. No podrán participar en el presente concurso los funcionarios/as declarados en suspensión firme de funciones mientras dure la suspensión y de los excedentes voluntarios por interés particular o por agrupación familiar durante los dos años de permanencia obligatoria en dichas situaciones.

Cuarta. Publicaciones

Una vez aprobadas las Bases por la Junta de Gobierno, serán expuestas en sede electrónica de este Ayuntamiento y publicadas en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El anuncio de la convocatoria, con identificación del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en que se hayan hecho públicas las bases, se publicará en “Boletín Oficial del Estado”.

Las sucesivas publicaciones del proceso se efectuarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Getafe.

Quinta. Forma y plazo de solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en este concurso habrán de ajustarse al modelo de instancia que se hará público en sede electrónica, debiendo indicar en la misma:

— Datos personales y profesionales.

— Manifestación del cumplimiento de los requisitos exigidos para el mismo.

A la instancia de participación deberá acompañarse la siguiente documentación:

— Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.

— Fotocopia simple de certificado actual referido a los requisitos que se exigen para el desempeño del puesto convocado, expedido por el órgano de la Administración Públicas Local con potestad certificante, y que habrá de aludir a la Subescala de pertenencia, Grupo/Subgrupo, titulación de acceso y situación administrativa vigente.

— Curriculum vitae y fotocopia simple de los méritos alegados en el mismo.

Para servicios prestados en el Ayuntamiento de Getafe podrá autorizarse, a petición expresa en la solicitud, la comprobación de los datos anteriores relativos a su situación actual y experiencia previa.

La solicitud y la documentación que se acompañe a la misma deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Convocatoria en “Boletín Oficial del Estado”.

Sexta. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Concejala de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos para el puesto de trabajo y causa de exclusión en su caso, considerándose causa de exclusión la no presentación de la solicitud en el plazo y la forma expresados en la base quinta.

La Resolución a la que se refiere este apartado establecerá un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos por parte de las y los aspirantes provisionalmente excluidos/as o que no figuren en la lista provisional de admitidos/as, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se considerará elevada a definitiva si no se presentan peticiones de subsanación o reclamaciones frente a la misma. Si las hubiera, serán estimadas o desestimadas, si procede, mediante una nueva Resolución por la que la Concejala de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana aprobará la lista definitiva, que se publicará en la sede electrónica municipal.

Séptima. Descripción del puesto

Funciones:

— Llevar a cabo el seguimiento y ejecución de los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento en Pleno y Junta de Gobierno Local y que afecten a su servicio.

— Planificar, programar, dirigir, coordinar y supervisar el servicio de acuerdo con las líneas estratégicas diseñadas por la Corporación y Concejalía.

— Promover el desarrollo de proyectos de tecnología de información y/o comunicación y herramientas tecnológicas

— Elaborar periódicamente planes estratégicos y operativos

— Asiste a la dirección en la formulación, gestión y evaluación de planes y proyectos en el área de su competencia.

— Responsabilizarse al más alto nivel de los proyectos de implantación de aplicaciones y de los proyectos de puesta en marcha de infraestructura tecnológica. Coordinar y auditar todos los proyectos del Área

— Definir y ejecutar el presupuesto fijado para el Servicio:

• Controlar la gestión y administración del presupuesto.

• Proponer e informar las distintas adquisiciones y servicios suministrados desde el exterior.

• Elaborar propuestas de gastos, proyectos y pliegos de condiciones técnicas.

• Recepcionar las adquisiciones, firmar las certificaciones y conformar las correspondientes facturas.

• Vigilar los gastos y asegurar la utilización racional de los recursos.

— Forma parte de los comités de implantación de la Administración Electrónica en el Ayuntamiento de Getafe.

— Responsable de la implantación del Esquema Nacional de Seguridad en el Ayuntamiento de Getafe.

— Gestionar ante cualquier Administración Pública, con desplazamiento a los distintos organismos, asuntos relacionados con el Servicio.

— Control de los proyectos asignados al personal.

— Impulsar y colaborar en la formación del personal a su cargo.

— Colaborar en la formación del personal afectado en aquellos proyectos o actuaciones de su competencia que tienen interés para el conjunto de la organización municipal.

— Definir los planes de formación, reciclaje profesional.

— Mantener reuniones periódicas con los departamentos para revisar los objetivos e iniciativas estratégicas, promoviendo el trabajo en equipo.

— Velar por el correcto uso y perfecta conservación del material adscrito al servicio.

— Apoyar a los restantes técnicos municipales en la redacción de informes, proyectos y pliegos de condiciones en que por sus conocimientos y competencias se le requiera.

— Gestionar y coordinar los medios materiales y humanos.

— Tareas propias de dirección en lo relativo al personal y organización del Servicio.

Experiencia: Labores de Jefatura en departamentos de Informática o Modernización en la Administración Pública:

— Haber realizado tareas que se definen en las Funciones del Puesto, especialmente:

• Planificación de estrategias en la Modernización de las Administración.

• Elaboración de Presupuestos y su seguimiento.

• Haber intervenido en la adaptación y puesta en marcha en procesos de adaptación a la Ley 39/40.

• Implantación de la Administración electrónica.

• Implantación de Portales de Transparencia, Participación Ciudadana y Datos Abiertos.

• Implantación de portales web y sedes electrónicas.

• Implantación de aplicativos en software libre.

Conocimientos:

— En las herramientas de software de gestión que están implementadas en el Ayuntamiento de Getafe:

• Entornos de los aplicativos de T-Systems: Gestión Tributaria, Población, Registro, Gestión de Expedientes, Gestión Documental y Archivo Electrónico.

• Entornos de los aplicativos de AYTOS: SICALWIN y BUROWEB.

• Entornos de los aplicativos de CRONOS-I2A.

— Herramienta de Participación Ciudadana: Consul.

— Entornos de sistemas operativos Windows y Linux.

— Entornos de Bases de Datos: Oracle y SQL Server.

— Despliegues de redes de comunicaciones.

— Herramientas de software libre.

Formación:

— Ingeniero técnico de Informática.

— Herramientas de programación.

— Herramientas en administración de bases de datos.

— Idioma: inglés.

Capacidad:

— Llevar a cabo las tareas descritas en el puesto especialmente:

• Coordinación con otras Unidades Administrativas con el fin de desplegar la Administración Electrónica.

• A nivel de personal coordinar el equipo humano del Servicio de Informática adaptándolo a las nuevas necesidades que puedan plantearse.

— Coordinar con otras administraciones actividades que promuevan el desarrollo tecnológico conjunto.

— Realizar acciones de difusión de los proyectos municipales desarrollados: Ponencias, comunicaciones, etc.

Octava. Adjudicación del puesto

Tras la aprobación definitiva de la lista de aspirantes admitidos/as, en el plazo máximo de un mes prorrogable a un mes más, la Concejala de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana procederá al nombramiento, recabando la intervención de los especialistas que considere para apreciar la idoneidad y la adecuación del candidato o candidata propuesto con el perfil descrito en la base séptima, a cuyo fin podrán convocar a los y las aspirantes a entrevista personal.

La adjudicación se motivará con referencia al mejor cumplimiento del candidato o candidata elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y a la competencia para proceder a la misma. La motivación deberá además hacer expresa referencia a los méritos y capacidad de la persona propuesta, así como de su idoneidad para el desempeño del puesto, en comparación con el resto de aspirantes.

Para ello se tendrá en cuenta su trayectoria profesional en el ámbito de la administración local, y en concreto en el desempeño de puestos de igual naturaleza, así como de su formación, estudios de carácter superior, máster y cursos de especialización, actividad docente y publicaciones de carácter relevante, todo ello referido a contenidos directamente relacionados en el ejercicio del puesto de trabajo.

En todo caso deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución, la observancia del procedimiento debido.

Novena. Toma de posesión

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario/a, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del acuerdo de adjudicación en la sede electrónica municipal, pudiendo aplazarse la fecha de cese por razones debidamente justificadas.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados o interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Décima. Régimen de impugnaciones

Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes Bases y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponerse por quien posea la condición de interesado o interesada y potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano correspondiente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción».

Lo que se publica para general conocimiento.

Getafe, a 30 de junio de 2020.—La jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, Concepción Muñoz Yllera.

(03/15.492/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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