Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
14-07-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200714-24

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

24
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Proyecto reparcelación

El director general de Gestión Urbanística, por su resolución de fecha 7 de julio de 2020, por la que se rectifica su resolución de fecha 19 de junio de 2020, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163 de 7 de julio de 2020 (número de inserción 02/15.735/20) en el expediente con número de referencia 711/2019/23.860, ha dispuesto lo siguiente:

Rectificar el error material advertido en la resolución del director general de Gestión Urbanística de 19 de junio de 2020 en el expediente 711/2019/23.860, por la que se somete a información pública durante un plazo de veinte días la propuesta de modificación del proyecto de reparcelación correspondiente al Área de Planeamiento Remitido 06.05 “Calle Matadero”, en el siguiente sentido:

Donde dice:

«Someter a información pública durante un plazo de veinte días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la propuesta de modificación del proyecto de reparcelación correspondiente al Área de Planeamiento Remitido 05.06 “Calle Matadero”, aprobado por acuerdo de 16 de mayo de 2008, presentado por la Junta de Compensación del referido ámbito, actualmente integrada por la mercantil “Inee Orchidea, S. L. U.”, única propietaria de los terrenos, disponiendo a este efecto la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor circulación».

Debe decir:

«Someter a información pública durante un plazo de veinte días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la propuesta de modificación del proyecto de reparcelación correspondiente al Área de Planeamiento Remitido 06.05 “Calle Matadero”, aprobado por acuerdo de 16 de mayo de 2008, presentado por la Junta de Compensación del referido ámbito, actualmente integrada por la mercantil “Inee Orchidea, S. L. U.”, única propietaria de los terrenos, disponiendo a este efecto la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor circulación».

Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en los canales de información urbanística que a continuación se indican durante el plazo señalado (referencia 711/2019/23860) y formular por escrito cuantas alegaciones estimen convenientes a su derecho durante el término de veinte días, computables desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

— La página web del Ayuntamiento de Madrid (madrid.es), en el apartado de El Ayuntamiento®Gobierno®Información pública®Otros acuerdos.

— La página web del Ayuntamiento de Madrid (madrid.es), en el apartado de Vivienda, Urbanismo y Obras®Urbanismo®Información Pública.

— El Visualizador Urbanístico (madrid.es/VisorUrbanístico), accediendo a Mapas® Información Pública.

— El Geoportal (geoportal.madrid.es), buscando Información pública.

Los escritos podrán presentarse en cualquier Registro del Ayuntamiento de Madrid, así como por cualquier medio a los que hace referencia el artículo 16, apartados 4-8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 8 de julio de 2020.—El director general de Gestión Urbanística, Jesús Ignacio Pascual Martín.

(01/16.701/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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