Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
10-07-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200710-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

73
Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Medidas preventivas terrazas de veladores

La alcaldesa-presidenta, el 22 de junio de 2020, ha dictado el decreto 70/2020, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Primero.—Modificar el apartado 1 del decreto 54/2020, de 24 de mayo, de la alcaldesa-presidenta sobre reapertura de terrazas de veladores que queda redactado en la siguiente forma:

‘El desarrollo de la actividad de hostelería y restauración en terrazas al aire libre se ajustará a las condiciones fijadas en la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio”.

Segundo.—Modificar el apartado 2 del decreto 54/2020, de 24 de mayo, de la alcaldesa-presidenta sobre reapertura de terrazas de veladores que queda redactado en la siguiente forma:

“Permitir, con carácter extraordinario, cuando las circunstancias (espacio disponible, características urbanísticas, tránsito peatonal, tráfico, seguridad vial, protección civil, etc.) lo admitan, incrementar en la zona aledaña la superficie destinada a la terraza al aire libre, de manera que se puedan instalar en esta zona, en su caso, el número de mesas restantes que por la limitación de aforo máximo establecido por la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad o por exigencias de mantenimiento de las debidas distancias de seguridad interpersonal entre mesas no sea posible instalar del total de las mesas autorizadas en la licencia, sin que en conjunto se supere el 100 por 100 de las autorizadas. En ningún caso, se podrá superar en total la superficie máxima establecida en el artículo 61.5 de la ordenanza de tramitación de licencias y otros instrumentos de intervención en materia de urbanismo y autorizaciones para la instalación de terrazas de veladores en Pozuelo de Alarcón -BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de febrero de 2019– (OTLyTV)”.

Tercero.—El presente decreto surtirá efectos desde su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Cuarto.-—Comunicar el presente decreto a los organismos y servicios municipales afectados y darle la difusión oportuna.

En Pozuelo de Alarcón, a 25 de junio de 2020.—El titular del Órgano de Apoyo a la JGL, Antonio Iglesias Moreno.

(03/15.196/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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