Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
10-07-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200710-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

182
Móstoles número 2. Ejecución 52/2020

EDICTO

Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en la Ejecución 52/2020, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ARTURO NUÑEZ ORTIZ frente a EL EQUIPO SOLAR XXV S.L. y GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Diligencia de Ordenación del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA

En Móstoles, a diecinueve de junio de dos mil veinte

Visto el anterior escrito de la parte actora, y visto su contenido, procédase a suspender la comparecencia indicada, señalándose nuevamente para el próximo día 14/07/2020, a las 09:20 horas, en este Juzgado de lo Social, sito en C/San Antonio nº6 Planta Baja.

Constando diligencia negativa de citación a las mercantiles GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS S.L. y EL EQUIPO SOLAR XXV S.L., realizada por el Servicio Común de Actos de comunicación de Fuenlabrada, procédase a citarlas a través de su Administrador D. Alberto García de Prádena, y a través del BOCAM.

Quedan advertidas las partes de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS S.L. y EL EQUIPO SOLAR XXV S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a diecinueve de junio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.035/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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