Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
10-07-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200710-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

101
Madrid número 93. Procedimiento 909/2019

EDICTO

Don Enrique Cilla Calle, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 909/2019, instados por la procuradora doña Cristina Álvarez Pérez, en nombre y representación de doña Jenny Leticia Padilla, contra don Rober Lenin Discua Tache, en los que ha dictado en fecha 16 de junio de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimar parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de doña Jenny Leticia Padilla Castañeda, contra don Rober Lenin Discua Tache, estableciendo como medidas paterno-filiales respecto de las menores de edad Alison Monserrath y Jeimy Daniela Discua Padilla, nacidas el 13 de febrero de 2007 y 10 de octubre de 2018, las siguientes:

1. La patria potestad sobre las hijas menores será ejercitada exclusivamente por la madre.

2. Se atribuye a la madre la guarda y custodia sobre las menores.

3. No procede en este momento establecer régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.

4. No procede en este momento fijar pensión alimenticia a cargo del progenitor no custodio para las hijas menores ni la forma en que el mismo debe contribuir a los gastos extraordinarios que pudieran general las mismas.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado. Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá ser interpuesto ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de su notificación, ampliados en otros veinte, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del RDL 16/2020, de 28 de abril y previo depósito de las tasas legalmente fijadas para recurrir.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la magistrado/a-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Rober Lenin Discua Tache y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 16 de junio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.157/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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