Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
09-07-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200709-73

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

73
San Lorenzo de El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que la Sra. Alcaldesa, el día 22 de junio de 2020 ha dictado resolución en la que se acuerda:

“1. Dejar sin efecto todas las delegaciones de atribuciones efectuadas por esta Alcadía con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta resolución.

2. Delegar en D. Juan José Blasco Yunquera, miembro de la Junta de Gobierno Local y segundo Teniente de Alcalde, las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales: Hacienda, Planificación Económico-Financiera y Patrimonio, Urbanismo, Servicios, Vivienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad y Personal.

Dichos ámbitos materiales de actuación, a título orientativo, incluyen:

Hacienda, Planificación Económico-Financiera y Patrimonio: Preparación y estudio de las ordenanzas fiscales, operaciones de crédito y tesorería; exacciones; recaudación; gestión económica; patrimonio; adquisiciones, enajenaciones, permutas, cargas y gravámenes; aprovechamiento de bienes, concesiones y autorizaciones sobre bienes muebles e inmuebles; adquisición de material inventariable y fungible.

La planificación económico-financiera municipal, el control sobre la preparación y elaboración de los presupuestos y cuentas municipales.

La fiscalización y control municipal de las contratas que prestan servicios al municipio.

Urbanismo y Vivienda: Actividad urbanística en general: planeamiento, gestión y disciplina urbanísticas. Rehabilitación, regeneración y reforma urbana. Fomento y promoción de la vivienda.

Servicios: Tendrá a su cargo la dirección y organización de los servicios de limpieza viaria y limpieza de instalaciones públicas.

Seguridad Ciudadana y Movilidad: En el marco de las funciones reservadas a los municipios: la organización y gestión de la prevención, mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana, y la Jefatura de la Policia Local.

La ordenación, dirección y planificación del uso por el tráfico rodado y petonal de los espacios públicos. La ordenación del aparcamiento en superficie (ORA).

Todo lo relacionado, en el ámbito territorial del Municipio, con la ordenación del transporte; el arrendamiento de vehículos sin conductor; servicios urbanos e interurbanos de transporte en automóviles ligeros, la ordenación y desarrollo del servicio de taxis de la localidad. Transporte público de viajeros y estación de autobuses.

Personal: La preparación, estudio e informe sobre los asuntos municipales relacionados con la ordenación de la función pública; la política de personal; valoración de los puestos de trabajo; número de funcionarios contratados y personal eventual, dentro de los créditos presupuestarios consignados al efecto; oferta anual de empleo público; las instrucciones a que deberán atenerse los representantes del Ayuntamiento cuando proceda negociación con la representación sindical de los funcionarios públicos, de sus condiciones de trabajo; la programación a corto y largo plazo de las necesidades de personal; expedientes disciplinarios; régimen de vacaciones; elaborar, desarrollar y coordinar los planes generales tendentes a mejorar el rendimiento den los servicios de formación del personal, régimen disciplinario (excluida la Policía Local), registro de personal, retribuciones, selección de personal, situaciones de los funcionarios; elaborar los proyectos normativos en materia de personal así como la formalización de todos los contratos del personal laboral, con independencia de su modalidad.

La delegación en las áreas de Hacienda, Planificación Económico-Financiera y Patrimonio, Urbanismo, Servicios, Vivienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad y Personal, concedida a favor de D. Juan José Blasco Yunquera, comprende las siguientes facultades en relación con las materias de su delegación: a) la iniciación e instrucción de todo tipo de procedimientos, así como adopción de medidas provisionales o cautelares; b) las contrataciones menores y la aprobación de los correspondientes gastos; c) el visado de facturas cuando no le corresponda aprobar el gasto; d) la aprobación de proyectos de obras y servicios cuando le corresponda la aprobación del gasto y la solicitud de subvenciones cuando no comporten gasto para el municipio o su importe se encuentre dentro de los límites establecidos para la contratación menor; e) la representación del Ayuntamiento en cualquier acto cuando no asista la Sra. Alcaldesa; f) la formulación de propuestas de resolución a los órganos competentes; g) la dirección, impulso e inspección de los servicios; h) el seguimiento y control del cumplimiento de los acuerdos y resoluciones adoptados por los órganos de gobierno y la ejecución de los mismos dictando para ello, si fuere preciso, los actos que procedan; i) la resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de su delegación; j) la formalización de todos los contratos del personal laboral, con independencia de su modalidad.

Además, comprende la facultad de resolver incluso mediante actos administrativos que afecten a terceros sobre: 1) El reconocimiento, ordenación y realización del pago de las obligaciones derivadas de gastos autorizados y dispuestos, incluyendo los que lo hayan sido por el Pleno o la Junta de Gobierno Local. Esta delegación incluye, por tanto, la aprobación de las facturas, de las nóminas de retribuciones y de los anticipos al personal, de las transferencias a las Mancomunidades y restantes Administraciones Públicas, de los premios y subvenciones, así como de las tasas del Estado, de la Comunidad de Madrid o de otras Entidades Locales. 2) La contratación de las operaciones de crédito y de tesorería que sean competencia de la Alcaldía. 3) La ordenación y realización del pago de los gastos incluidos en los procedimientos de reconocimiento extrajudicial de créditos. 4) La expedición y aprobación de las órdenes de pago a justificar de acuerdo con lo estipulado en la normativa reguladora de las Haciendas Locales y en las bases de ejecución del presupuesto. 5) Los actos de gestión y recaudación de todos los ingresos de Derecho público y privado. Esta delegación incluye, por tanto, la aprobación de los padrones y liquidaciones de los ingresos de derecho público, de las devoluciones de ingresos indebidos y los expedientes de anulación de derechos, de derivación de responsabilidad y de declaración de crédito incobrable. 6) La tramitación de los procedimientos de ingresos y pagos de carácter no presupuestario. 7) La autorización y constitución de anticipos de caja fija, de acuerdo con lo estipulado en la normativa reguladora de las Haciendas Locales y en las bases de ejecución del presupuesto. 8) La firma de los documentos que impliquen la formalización de ingresos, pagos y movimientos de fondos de la Tesorería municipal. 9) La aprobación de la liquidación del presupuesto y la rendición de la cuenta general.

Igualmente comprende la facultad de resolver incluso mediante actos administrativos que afecten a terceros sobre la resolución de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico, así como sobre el otorgamiento de licencias urbanísticas de obra excepto si requieren proyecto técnico de edificación, las de demolición, las de parcelación, segregación o división de fincas y las de primera ocupación de edificios; la información y cédulas urbanísticas,, así como la impartición de órdenes de ejecución por razones de seguridad, salubridad en caso de urgencia y la transmisión de licencias urbanísticas.

3. Delegar en D.a Myriam Contreras Robledo, miembro de la Junta de Gobierno Local, las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales: Educación, Familia e Infancia, Formación, Industría, Hostelería, Comercio y Consumo, Festejos, Obras, Mujer e Igualdad y Mayores.

Dichos ámbitos materiales de actuación, a título orientativo, incluyen:

Educación: Actividad municipal relacionada con todos los asuntos municipales relacionados con todos los Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria, así como Secundaria, conforme a la legislación vigente en materia de Educación. La Prevención de Drogodependencias y la relación y coordinación con instituciones y organizaciones de ámbito supramunicipal en todo lo que se refiera a esta materia.

Las gestiones necesarias para desarrollar los convenios firmados con otras administraciones en materia educativa. Los proyectos encaminados a mejorar la calidad educativa del municipio. Políticas Públicas Locales en materia de Educación.

Familia e Infancia: Promoción de las políticas públicas locales relacionadas con la promoción y protección de la familia y la infancia, impulsando el desarrollo de cuantas actuaciones sean necesarias para ello.

Formación: La organización y fomento de actividades o cursos, en colaboración con otros organismos públicos o privados, que contribuyan a mejorar la formacion, estableciendo, y tras el estudio de las necesidades existentes, prioridades de actuación en esta materia.

Desarrollar proyectos e iniciativas en las que se conjugue formación profesional ocupacional en alternancia con la práctica profesional.

Industria, Hostelería, Comercio y Consumo: Estudios sobre el tejido industrial, hostelero y comercial del municipio y la formulación y ejecución de actividades para su potenciación y mejora. Las Licencias de actividades.

Comercio en general incluida la venta en establecimientos y la ambulante. Libre competencia y el control de mercados municipales.

La gestión, ordenación, fomento, adecuación y regulación de las actividades hosteleras, así como la coordinación, información y propaganda para el fomento y atracción de las actividades desarrolladas por la Administración Pública y por los particulares que favorezcan al sector.

El desarrollo de las facultades municipales referidas a consumidores y usuarios; registro de organizaciones de consumidores; comercio de minoristas de alimentación; Organización y vigilancia del Mercadillo Municipal

Festejos: La dirección y ejecución de todas las manifestaciones festivas en el ámbito local, ya sean programadas directamente por el Ayuntamiento o bien con la participación de éste y otras Asociaciones o Colectivos privados radicados en el Municipio.

Obras: La organización y dirección de la Brigada de Obras.

Mujer e Igualdad: Las políticas públicas en materia de mujer. La promoción y apoyo al fomento de las condiciones que hagan posible la igualdad social de ambos sexos, la plena participación de la mujer y el hombre en la vida pública, cultural, económica y social. Promover los Planes de Igualdad Municipal.

Mayores: Las relaciones municipales con la Comunidad de Madrid y el Servicio Regional de Bienestar Social. La participación, en representación municipal, en el Organo de Gobierno del Centro de Día, así como en cualquier otro que pudiera constituirse en relación con los mayores.

La delegación en las áreas de Educación, Familia e Infancia, Formación, Industría, Hostelería, Comercio y Consumo, Festejos, Obras, Mujer e Igualdad y Mayores concedida a favor de D.ª Myriam Contreras Robledo, comprende las siguientes facultades en relación con las materias de su delegación: a) la iniciación e instrucción de todo tipo de procedimientos, así como adopción de medidas provisionales o cautelares b) las contrataciones menores y la aprobación de los correspondientes gastos, c) el visado de facturas cuando no le corresponda aprobar el gasto, d) la aprobación de proyectos de obras y servicios cuando le corresponda la aprobación del gasto y la solicitud de subvenciones cuando no comporten gasto para el municipio o su importe se encuentre dentro de los límites establecidos para la contratación menor, e) la representación del Ayuntamiento en cualquier acto cuando no asista la Sra. Alcaldesa, f) la formulación de propuestas de resolución a los órganos competentes, g) la dirección, impulso e inspección de los servicios, h) el seguimiento y control del cumplimiento de los acuerdos y resoluciones adoptados por los órganos de gobierno y la ejecución de los mismos dictando para ello, si fuere preciso, los actos que procedan, i) la resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de su delegación.

Igualmente comprende la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros sobre: concesión de licencias de apertura, estén o no sujetas a procedimientos ambientales o a la Ley de Espectáculos y Establecimientos Públicos, órdenes de ejecución por razones de urgencia respecto del desarrollo de estas actividades y cambios de titularidad de estas licencias de actividad.

4. Delegar en Don Rodrigo Mesa García las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales: Turismo, Participación Ciudadana, Transparencia, Bibliotecas y Escuela de Música y Danza.

Dichos ámbitos materiales de actuación, a título orientativo, incluyen:

Turismo: Diseño, aplicación y control de las políticas públicas locales para el desarrollo de los valores turísticos del municipio, así como la coordinación con las instituciones y entidades públicas y privadas que persigan iguales fines.

Participación Ciudadana: Recepción y canalización de las demandas, necesidades, proyectos e iniciativas de los vecinos, impulsando la información desde la Administración de forma ágil y fluida.

Transparencia: Implementar las acciones pertinentes para el análisis, ejecución y cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia y protección de datos en la actuación municipal.

Escuela de Música y Danza y Bibliotecas: El fomento, coordinación, regulación, difusión y organización de programas y actividades que sirvan a la potenciación de la educación musicial y de la danza en nuestro municipio, así como de las bibliotecas en nuestro municipio.

Para la gestión de estas activides tendrá a su cargo la Dirección y Gestión de la Biblioteca Municipal y al Escuela de Música.

La delegación en las áreas de Turismo, Participación Ciudadana, Transparencia, Bibliotecas y Escuela de Música y Danza, concedida a favor de Don Rodrigo Mesa García comprende las siguientes facultades en relación con las materias de su delegación: a) la iniciación e instrucción de todo tipo de procedimientos, así como adopción de medidas provisionales o cautelares; b) las contrataciones menores y la aprobación de los correspondientes gastos; c) el visado de facturas cuando no le corresponda aprobar el gasto; d) la aprobación de proyectos de obras y servicios cuando le corresponda la aprobación del gasto y la solicitud de subvenciones cuando no comporten gasto para el municipio o su importe se encuentre dentro de los límites establecidos para la contratación menor; e) la representación del Ayuntamiento en cualquier acto cuando no asista la Sra. Alcaldesa; f) la formulación de propuestas de resolución a los órganos competentes; g) la dirección, impulso e inspección de los servicios; h) el seguimiento y control del cumplimiento de los acuerdos y resoluciones adoptados por los órganos de gobierno y la ejecución de los mismos dictando para ello, si fuere preciso, los actos que procedan; i) la resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de su delegación.

5. Delegar en D. José Enrique París Barcala, miembro de la Junta de Gobierno Local y Primer Teniente de Alcalde, las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales: Cultura, Hermanamientos, Archivo Histórico, Patrimonio Histórico, Servicios Sociales y Relaciones Institucionales y Protocolo.

Dichos ámbitos materiales de actuación, a título orientativo, incluyen:

Cultura: Desarrollo de la formación cultural de la población mediante la celebración de conferencias, exposiciones, recitales, conciertos, teatros de ensayo, proyecciones cinematográficas y educativas, visitas a lugares de interés artístico e histórico, etc. Y, en definitiva el desarrollo de todos los intereses culturales dentro de ámbito municipal. La dirección y gestión de la Casa de Cultura y otros espacios culturales. Dentro del desarrollo de actividades de la Casa Municipal de Cultura podrán proyectarse y ejecutarse toda clase de talleres socio-culturales. Se ocupará de las relaciones del Ayuntmaiento con toda clase de Asociaciones Culturales radicadas dentro del Municipio relacionadas con la materia delegada.

La relación con asociaciones o colectivos privados de este ámbito; la recuperación, consolidación y potenciación de las tradiciones culturales del municipio.

Hermanamientos: El mantenimiento y fomento de las relaciones con las ciudades hermanadas con San Lorenzo de El Escorial, San Quintín en Francia y San Lorenzo de Campogrande en Paraguay, así como la organización, recepción y atención de los visitantes de esas ciudades cuando se trasladen a este Municipio. La organziación de actividades que puedan representar a San Lorenzo de El Escorial en las ciudadades hermanadas dando así a conocer nuestro municipio en Europa e Iberoamérica.

Archivo Histórico: El control y clasificación de los documentos que se conservan en el Archivo municipal de una antigüedad superior a veinticinco o cincuenta años según el tipo de documento, disponiendo, de acuerdo con el Encargado del archivo lo pertienente en orden a su uso, consulta y difusión cultural. La clasificación de los documentos comprendidos en el Archivo Histórico lo será de acuerdo con el Reglamento vigente en este Ayuntamiento.

Patrimonio Histórico: Bienes muebles e inmuebles de esta naturaleza. Adquisiciones enajenaciones y donaciones de ambos tipos de bienes, procediendo a su control a través de los respectivos inventarios.

Servicios Sociales: Coordinación de las funciones y actividades del Ayuntamiento con las de la Mancomunidad de Servicios Sociales “Sierra Oeste” y todas aquellas instituciones públicas o privadas que en el ámbito municipal y de la Comunidad de Madrid actúe en dicha materia. Así como la coordinación de todas las ayudas sociales del propio municipio.

Relaciones Institucionales y Protocolo: Establecer, mantener y consolidar vínculos locales, regionales, nacionales e internacionales con organismos y entidades públicas o privadas, bajo las diferentes modalidades de cooperación, para llevar a cabo un proyecto común con objetivo de colaborar en proyectos a corto, medio y largo plazo.

Preparación de actos oficiales a los que concurran autoridades estatales, autonómicas y municipales a fin de determinar las preeminencias que deben mantenerse en dichos actos oficiales. A tal efecto se entienden por actos oficiales los que tengan lugar con motivo de conmemoraciones, celebraciones de festividades o acontecimiento nacionales, autonómicos o locales, y que se organicen por las autoridades competentes; aplicando el vigente Reglamento de Honores y Distinciones Municipal, así como el Real Decreto 1.368/87 de 7 de noviembre y el Real Decreto 2.099/83 de 4 de agosto.

La delegación en las áreas de Cultura, Hermanamientos, Archivo Histórico, Patrimonio Histórico, Servicios Sociales y Relaciones Institucionales y Protocolo concedida a favor de D. José Enrique París Barcala comprende las siguientes facultades en relación con las materias de su delegación: a) la iniciación e instrucción de todo tipo de procedimientos, así como adopción de medidas provisionales o cautelares; b) las contrataciones menores y la aprobación de los correspondientes gastos; c) el visado de facturas cuando no le corresponda aprobar el gasto; d) la aprobación de proyectos de obras y servicios cuando le corresponda la aprobación del gasto y la solicitud de subvenciones cuando no comporten gasto para el municipio o su importe se encuentre dentro de los límites establecidos para la contratación menor; e) la representación del Ayuntamiento en cualquier acto cuando no asista la Sra. Alcaldesa; f) la formulación de propuestas de resolución a los órganos competentes; g) la dirección, impulso e inspección de los servicios; h) el seguimiento y control del cumplimiento de los acuerdos y resoluciones adoptados por los órganos de gobierno y la ejecución de los mismos dictando para ello, si fuere preciso, los actos que procedan; i) la resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de su delegación.

6. Delegar en D. Miguel Angel Montes Fortes, miembro de la Junta de Gobierno Local y Tercer Teniente de Alcalde las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales: Deportes, Empleo y Emprendimiento e Infraestructuras.

Dichos ámbitos materiales de actuación, a título orientativo, incluyen:

Deportes: Polideportivo municipal de El Zaburdón y cualquier otra instalación deportiva de carácter municipal. Las relaciones con cualquier institución pública o privada para la programación, organización y ejecución de actividades deportivas; la práctica del deporte ciudadano como actividad espontánea, desinteresada y lúdica o con fines lucrativos o sanitarios; las actividades deportivas organizadas a través de estructuras asociativas; regulación de espectáculos deportivos, y en definitiva, todo lo que comprenda el ámbito del deporte dentro del Municipio, y en su relación con otros municipios limítrofes y órganos dependientes de la Comunidad de Madrid.

Empleo y Emprendimiento: La organización y fomento de actividades que puedan crear empleo, actividades de colaboración con otros organismos públicos o privados que mejoren la formación de los desempleados y profesionales de la localidad. Las relaciones de coordinación y colaboración, a dichos efectos, con el IMADE, IMAF,etc.

La dirección y organización de la Agencia de Colocación.

Diseñar, planificar y evaluar estrategias y políticas de promoción de empleo en el municipio.

Coordinación y búsqueda de canales de financiación de proyectos y empleos municipales.

Fomentar el lanzamiento de nuevos negocios o proyectos empresariales mediante el desarrollo del centro co-working.

Infraestructuras: Desarrollo de la actividad para la organización y gestión de las infraestructuras del municipio y en especial energéticas e hidráulicas, así como la gestion del servicio de alumbrado público, recogida y tratamiento de residuos y el abastecimiento y saneamiento de la red municipal.

La delegación en las áreas de Deportes, Empleo y Emprendimiento e Infraestructuras concedida a favor de D. Miguel Angel Montes Fortes comprende las siguientes facultades en relación con las materias de su delegación: a) la iniciación e instrucción de todo tipo de procedimientos, así como adopción de medidas provisionales o cautelares; b) las contrataciones menores y la aprobación de los correspondientes gastos; c) el visado de facturas cuando no le corresponda aprobar el gasto; d) la aprobación de proyectos de obras y servicios cuando le corresponda la aprobación del gasto y la solicitud de subvenciones cuando no comporten gasto para el municipio o su importe se encuentre dentro de los límites establecidos para la contratación menor; e) la representación del Ayuntamiento en cualquier acto cuando no asista la Sra. Alcaldesa; f) la formulación de propuestas de resolución a los órganos competentes; g) la dirección, impulso e inspección de los servicios; h) el seguimiento y control del cumplimiento de los acuerdos y resoluciones adoptados por los órganos de gobierno y la ejecución de los mismos dictando para ello, si fuere preciso, los actos que procedan; i) la resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de su delegación.

7. Delegar en D. Juan Escario Gómez, las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes ámbitos materiales: Juventud, Medio Ambiente y Comunicación.

Dichos ámbitos materiales de actuación, a título orientativo, incluyen:

Juventud: Asociaciones de Juventud de ámbito Local en sus relaciones municipales; Dirección de la Casa de Juventud, Promoción de políticas públicas de juventud.

Medio Ambiente: Estudios, informes y propuestas en relación con obras, instalaciones y actividades que sean susceptibles de producir impactos sobre el medio ambiente, o que afecten a los recursos naturales, a las relaciones o a los equilibrios entre ellos con el hombre, y a la calidad de vida de los ciudadanos; en especial, todo lo relacionado con Protección del Medio Ambiente. Dirección de los servicios municipales relacionados con protección del arbolado, defensa y protección de la fauna, repoblación forestal y normas generales sobre uso socio recreativo de los Montes de Utilidad Pública de este Municipio. Punto Limpio, Parques y Jardines.

Comunicación: Organización y dirección de la revista municipal; así como de las relaciones con los medios de comunicación. Organización y dirección de los medios digitales e impresos.

La delegación en las áreas de Juventud, Medio Ambiente y Comunicación concedida a favor de D. Juan Escario Gómez comprende las siguientes facultades en relación con las materias de su delegación: a) la iniciación e instrucción de todo tipo de procedimientos, así como adopción de medidas provisionales o cautelares; b) las contrataciones menores y la aprobación de los correspondientes gastos; c) el visado de facturas cuando no le corresponda aprobar el gasto; d) la aprobación de proyectos de obras y servicios cuando le corresponda la aprobación del gasto y la solicitud de subvenciones cuando no comporten gasto para el municipio o su importe se encuentre dentro de los límites establecidos para la contratación menor; e) la representación del Ayuntamiento en cualquier acto cuando no asista la Sra. Alcaldesa; f) la formulación de propuestas de resolución a los órganos competentes; g) la dirección, impulso e inspección de los servicios; h) el seguimiento y control del cumplimiento de los acuerdos y resoluciones adoptados por los órganos de gobierno y la ejecución de los mismos dictando para ello, si fuere preciso, los actos que procedan, i) la resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de su delegación.

8. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de la firma de la misma.

9. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación para su conocimiento.

10. Publicar las delegaciones conferidas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

San Lorenzo de El Escorial, a 26 de junio de 2020.—La alcaldesa-presidente, Carlota López Esteban.

(03/14.925/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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