Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
09-07-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200709-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 4

113
Valdemoro número 4. Procedimiento 42/2018

EDICTO

Doña Susana López Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Valdemoro.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 42 de 2018, instados por la procuradora doña María Belén Sierra Recas, en nombre y representación de comunidad de propietarios de avenida de Europa, número 122, de Valdemoro, contra Calas Original Production, S. L., en los que se ha dictado sentencia de 4 de junio de 2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo íntegramente las pretensiones que se reclaman en la demanda respecto a la demandada, Calas Original Production, S. L., y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Calas Original Production, S. L., a que pague a la comunidad de propietarios de la avenida de Europa, número 122, de la localidad de Valdemoro (Madrid), la cantidad de 5.364,85 euros, así como las sucesivas cuotas ordinarias y extraordinarias que se generen hasta su completo pago y, por aplicación de los artículos 1089, 1091, 1101 y 1108 del Código Civil, al pago de los intereses de la cantidad señalada, devengados desde la fecha de interposición de la demanda, el 29 de diciembre de 2017, devengándose con posterioridad los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil hasta su completo pago.

Todo ello con expresa imposición al demandado de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, recurso de apelación, en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación, durante cuyo período se hallan las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes para su formalización, que deberá ser por escrito, presentado ante este Juzgado, y dirigido a la Audiencia Provincial de Madrid, la que conocerá del recurso.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, Calas Original Production, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valdemoro, a 10 de junio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.525/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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