Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
08-07-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200708-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Santa María de la Alameda. Régimen económico. Padrones fiscales

Aprobados por resolución de esta Alcaldía número 2020/0166, dictada con fecha de 5 de junio de 2020, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales:

— Tasa de licencias de autotaxi.

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

— Impuesto de bienes inmuebles de características especiales.

— Impuesto de impuesto de bienes de naturaleza urbana.

— Impuesto de bienes de naturaleza rústica.

— Tasa de recogida de residuos sólidos urbanos.

Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Plazo de cobro: del 1 de julio al 15 de noviembre de 2020.

Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

Órgano ante el que se reclama: Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda.

Santa María de la Alameda, a 8 de junio de 2020.—El alcalde, Francisco Palomo Pozas.

(02/12.724/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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