Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
08-07-2020

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200708-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Matrícula impuesto actividades económicas

De conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas, se pone a disposición del público durante quince días hábiles, a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y de su exposición pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, la matrícula provisional del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio 2020, a efectos de las posibles reclamaciones que pudieran interponer.

Contra los datos incluidos en la matrícula se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante el órgano competente de la Agencia Estatal Tributaria, en el plazo de un mes, o bien, reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo competente, en el plazo de quince días, a contar ambos plazos desde el día inmediato siguiente al término del período de exposición pública de la matrícula.

En Rivas-Vaciamadrid, a 25 de mayo de 2020.—El alcalde-presidente, Pedro del Cura Sánchez.

(02/11.008/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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