Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
08-07-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200708-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

122
Madrid número 15. Procedimiento 1140/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1140/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ELVISON VÁSQUEZ FLORES frente a FOGASA, PICHOLEIROS DE MALASAÑA SOCIEDAD CIVIL, AMIGOS DE VALVERDE S.L., BUSINESS WORLD MADRID SL y D./Dña. FERNANDO ZUNZUNEGUI PASTOR sobre Despidos/Ceses, en general se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en esta fecha tiene entrada en Secretaría escrito de la parte actora ampliando la demanda.

Diligencia de ordenación DE LA letrada de la Admón. de Justicia, doña Carmen Rodríguez Vozmediano.—En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se señala para la celebración de los actos de conciliación si procediera y, juicio en su caso, la audiencia del día 23/10/2020, a las 11:30 horas, en la sala de Audiencias 5, de la cuarta planta.

Presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra D./Dña. FERNANDO ZUNZUNEGUI PASTOR, como Administrador Concursal de la mercantil demandada, BUSINESS WORLD MADRID SL, a la que con traslado de copia de la demanda se citará para el acto de la vista señalado, con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de prueba de que intente valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a AMIGOS DE VALVERDE S.L. y BUSINESS WORLD MADRID SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.754/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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