Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
08-07-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200708-101

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

101
Madrid número 9. Ejecución 72/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 72/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NIEL ZEUS RETAMOZO CALLO frente a MEPINSA SERV. INTEGRADOS Y ASOCIADOS S.L. y IMPERIUM SERVICIOS GLOBALES S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a once de junio de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 12/03/2020 se dictó sentencia cuyo contenido literal dice: “Que ESTIMANDO la demanda formulada por DON NIEL ZEUS RETAMOZO CALLO frente a IMPERIUM SERVICIOS GLOBALES SL MEPINSA SERV. INTEGRADOS Y ASOCIADOS S.L, debo declarar y declaro IMPROCEDENTE el despido del actor efectuado el 21.10.2019, debiendo las empresas codemandadas de forma solidaria optar en el plazo de CINCO DIAS desde la notificación de la sentencia entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización de 406,81 euros. El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo a la fecha del despido (21.10.2019).

De optar por la readmisión deberá abonar salarios de tramitación, en su caso, desde la fecha del despido hasta notificación de sentencia a razón de 49,31 euros/día.

Igualmente se condena a las empresas codemandadas a abonar de forma solidaria al demandante la cantidad de 1.380,81 euros con más el 10 por 100”.

SEGUNDO.- Con fecha 12/03/2020 el demandante solicitó la ejecución de lo acordado alegando su no readmisión y pidiendo la extinción de la relación laboral con el abono de la indemnización legal correspondiente y los salarios devengados desde el despido hasta la extinción de aquella conforme a las circunstancias de la relación laboral reflejadas en el título de ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D. NIEL ZEUS RETAMOZO CALLO frente a IMPERIUM SERVICIOS GLOBALES S.L. y MEPINSA SERV. INTEGRADOS Y ASOCIADOS S.L.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2507-0000-64-0072-20 y para pagos en ventanilla 2507-0000-64-0072-20.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA.

En Madrid, a once de junio de dos mil veinte.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 20/02/2020, a la empresa IMPERIUM SERVICIOS GLOBALES S.L. y MEPINSA SERV. INTEGRADOS Y ASOCIADOS S.L. en favor del demandante D. NIEL ZEUS RETAMOZO CALLO y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 10/09/2020, a las 8:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a IMPERIUM SERVICIOS GLOBALES S.L. y MEPINSA SERV. INTEGRADOS Y ASOCIADOS S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de junio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.657/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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