Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
08-07-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200708-100

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

100
Madrid número 8. Procedimiento 735/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 735/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. LUIS ALBERTO JARA RUIZ frente a ADHEGRAF SA sobre Procedimiento impugnación sanciones (art.114 y ss LPL) se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. Mª DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA

En Madrid, a dieciocho de julio de dos mil diecinueve

Por repartida la anterior demanda el 09/07/2019 presentada por D. LUIS ALBERTO JARA RUIZ, teniendo por parte demandada a ADHEGRAF SA, regístrese y fórmense los autos, y como quiera que se advierten los siguientes defectos se requiere a la parte actora a fin de que:

Desglose y liquide la cantidad solicitada como indemnización.

Concrete y6 relacione con los hechos la violación de Derechos Fundamentales alegados en el Hecho Cuarto.

NO HA LUGAR, por ahora, a su admisión a trámite, requiriéndose a la actora a fin de que en el plazo de CUATRO DIAS subsane los defectos indicados, con advertencia de que caso de no hacerlo así en el indicado plazo se acordará sin más trámite el archivo de las actuaciones (art. 81.1 de la Ley de Reguladora de la Jurisdicción Social), asimismo de conformidad con lo dispuesto en el artº 53 de la L.R.J.S. las partes deberán indicar en la primera comunicación ante este Juzgado los datos relativos a nº de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, así como los cambios que puedan realizarse para poder ser utilizados como instrumentos de comunicación con las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. LUIS ALBERTO JARA RUIZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.614/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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