Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
02-07-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200702-167

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

167
Móstoles número 1. Procedimiento 1259/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1259/2019-E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SERGIO HORNOS GAMARRA frente a BIOGRAS SL y COLECTIVIDADES DE ACEITES Y GRASAS SL (CODEGRAS SL) sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por Don Sergio Hornos Gamarra contra Biográs S.L. y Colectividades de Aceites y Grasas S.L., DECLARANDO NULO EL DESPIDO del actor y siendo imposible la readmisión, DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y CONDENO a Biográs S.L. y Colectividades de Aceites y Grasas S.L. de forma solidaria a que abone a Don Sergio Hornos Gamarra la indemnización de 17.968, 34 euros y los salarios de trámite a razón de 45, 93 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el período del 17 de Septiembre de 2019 al 23 de Febrero de 2020 al percibir prestaciones por desempleo así como el salario que percibió y percibe si fuera igual o superior al de trámite, si es inferior percibirá la diferencia, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Sergio Hornos Gamarra contra Biográs S.L. y Colectividades de Aceites y Grasas S.L. (Codegrás S.L.), CONDENANDO a las mercantiles demandadas de forma solidaria a abonar al actor la cantidad de 3.565, 51 euros más el 10 % de interés por mora de los conceptos salariales.

DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 10 días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 EUROS, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia. (Artículo 2 del Real Decreto ley 16/2020 de 28 de Abril).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BIOGRAS SL y COLECTIVIDADES DE ACEITES Y GRASAS SL (CODEGRAS SL), en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a diez de junio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.051/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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